3. Otras disposiciones. . (2024/213-46)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
página 53215/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Con fecha 26 de septiembre de 2024 se ha iniciado la tramitación del proyecto de
orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en
áreas no urbanas de Andalucía.
El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos e
intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable
y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y
asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden
relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el procedimiento
escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente motivada en el
expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia.
Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo
indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la
Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier
medio admisible en Derecho.
El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los
derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará
el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos
afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas
o entidades.
Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e
información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de
la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su
opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que
serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse
sobre la materia.
El procedimiento de elaboración de la presente orden de subvenciones se adopta
en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de
12 de febrero de 2021, siendo un proyecto, gestionado por las Comunidades Autónomas,
destinado a establecer «Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no
urbanas».
Dado el éxito que ha supuesto este proyecto para el ámbito de la cultura en el medio
rural, el Ministerio de Cultura y Deporte, como forma de dar continuidad al proyecto
citado, ha puesto en marcha un programa de ayudas para impulsar la cultura en el medio
rural, que serán gestionadas por la Comunidades Autónomas y que serán financiadas
mediante transferencias finalistas desde el Ministerio de Cultura y Deporte.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310164
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Innovación
Cultural y Museos, por la que se acuerda la apertura del trámite de información
pública del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras
de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para
ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
página 53215/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Con fecha 26 de septiembre de 2024 se ha iniciado la tramitación del proyecto de
orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en
áreas no urbanas de Andalucía.
El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos e
intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable
y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y
asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden
relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el procedimiento
escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente motivada en el
expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia.
Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo
indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la
Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier
medio admisible en Derecho.
El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los
derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará
el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos
afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas
o entidades.
Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e
información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de
la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su
opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que
serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse
sobre la materia.
El procedimiento de elaboración de la presente orden de subvenciones se adopta
en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de
12 de febrero de 2021, siendo un proyecto, gestionado por las Comunidades Autónomas,
destinado a establecer «Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no
urbanas».
Dado el éxito que ha supuesto este proyecto para el ámbito de la cultura en el medio
rural, el Ministerio de Cultura y Deporte, como forma de dar continuidad al proyecto
citado, ha puesto en marcha un programa de ayudas para impulsar la cultura en el medio
rural, que serán gestionadas por la Comunidades Autónomas y que serán financiadas
mediante transferencias finalistas desde el Ministerio de Cultura y Deporte.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310164
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Innovación
Cultural y Museos, por la que se acuerda la apertura del trámite de información
pública del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras
de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para
ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.