3. Otras disposiciones. . (2024/213-49)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Escuela y Familia.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
página 53176/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Escuela y Familia.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Escuela y Familia, sobre la
base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 23.9.2024 tuvo entrada en el Registro electrónico de la Junta de Andalucía,
escrito de la Fundación, solicitando la inscripción de la modificación estatutaria acordada
por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 2, relativo al domicilio, que pasa
a estar situado en la Avenida Jorge Luis Borges, 18, portal 1, 6.º B, en Málaga capital.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada de la escritura pública
otorgada el 29.7.2024, ante la notario doña María Teresa Barea Martínez del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 1368 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora la certificación del acuerdo adoptado por el
patronato de fecha 22.3.2024, relativa a la modificación de estatutos, expedida por el
secretario con el visto bueno del presidente. Dicha certificación contiene el texto integrado
de los estatutos resultantes de la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 30
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310125
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, quien ha estimado que la modificación estatutaria acordada se
ajusta a la legalidad.
BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
página 53176/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Escuela y Familia.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Escuela y Familia, sobre la
base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 23.9.2024 tuvo entrada en el Registro electrónico de la Junta de Andalucía,
escrito de la Fundación, solicitando la inscripción de la modificación estatutaria acordada
por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 2, relativo al domicilio, que pasa
a estar situado en la Avenida Jorge Luis Borges, 18, portal 1, 6.º B, en Málaga capital.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada de la escritura pública
otorgada el 29.7.2024, ante la notario doña María Teresa Barea Martínez del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 1368 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora la certificación del acuerdo adoptado por el
patronato de fecha 22.3.2024, relativa a la modificación de estatutos, expedida por el
secretario con el visto bueno del presidente. Dicha certificación contiene el texto integrado
de los estatutos resultantes de la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 30
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310125
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, quien ha estimado que la modificación estatutaria acordada se
ajusta a la legalidad.