Disposiciones generales. . (2024/213-1)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, de concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro o pro emigrantes para la mediación intercultural en centros docentes públicos durante el curso 2024-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
página 53115/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Jaén, de concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro o
pro emigrantes para la mediación intercultural en centros docentes públicos
durante el curso 2024-2025.
En atención a la citada propuesta esta Delegación Territorial, en uso de las
competencias establecidas en el artículo 15 de la Orden de la Consejería de Educación
de 15 de abril de 2011, y en los especificado en el correspondiente «cuadro resumen» de
esta Línea de Subvención
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310064
La Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de
17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado
y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado,
coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, mediante la
aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, de acuerdo
con lo establecido en la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación.
La Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación,
Participación y Evaluación Educativa (BOJA núm. 119, de 20 de junio), efectuó la
convocatoria pública para la concesión de dichas subvenciones para el curso 20242025; en la cual se fija la distribución territorial de los créditos correspondientes a las
lineas 3, 4, 5 y 8, de ámbito provincial y, en concreto la linea 8, para actuaciones de las
asociaciones sin ánimo de lucro para la mediación intercultural en el ámbito provincial,
con un importe total para la provincia de Jaén de 12.693,39 €, con cargo a la posición
presupuestaria 1100020000/G/42F/48708/23 01.
Con la misma fecha se publicó en BOJA el extracto de dicha convocatoria, de
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones; cuyo texto completo puede consultarse en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones y en dicho BOJA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la mencionada Orden de 15
de abril, así como en el artículo 13 del cuadro resumen de esta línea de subvención,
constituida la Comisión Provincial de Evaluación, y una vez verificados los requisitos
de la entidades solicitantes; analizadas y evaluadas las solicitudes presentadas, de
acuerdo con los criterios establecidos; con fecha 23 de septiembre de 2024, se emitió
la propuesta provisional de resolución de la Comisión Provincial de Evaluación que fue
publicada en el portal web de esta Delegación Territorial con la misma fecha.
Finalizado el plazo para que las entidades beneficiarias provisionales relacionadas en
el Anexo I de la citada propuesta, presentaran el formulario Anexo II y la documentación
establecida en el apartado 15 del cuadro resumen de la esta Línea de subvención,
en relación con el artículo 17 de las BBRR; analizadas las alegaciones presentadas y
comprobada la documentación aportada por las entidades solicitantes, según establece
el artículo 18 de la Orden de 15 de abril de 2011, anteriormente mencionada, la Comisión
de Evaluación elevó propuesta definitiva a esta Delegación Territorial con fecha 14.10.24.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
página 53115/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Jaén, de concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro o
pro emigrantes para la mediación intercultural en centros docentes públicos
durante el curso 2024-2025.
En atención a la citada propuesta esta Delegación Territorial, en uso de las
competencias establecidas en el artículo 15 de la Orden de la Consejería de Educación
de 15 de abril de 2011, y en los especificado en el correspondiente «cuadro resumen» de
esta Línea de Subvención
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310064
La Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de
17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado
y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado,
coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, mediante la
aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, de acuerdo
con lo establecido en la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación.
La Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación,
Participación y Evaluación Educativa (BOJA núm. 119, de 20 de junio), efectuó la
convocatoria pública para la concesión de dichas subvenciones para el curso 20242025; en la cual se fija la distribución territorial de los créditos correspondientes a las
lineas 3, 4, 5 y 8, de ámbito provincial y, en concreto la linea 8, para actuaciones de las
asociaciones sin ánimo de lucro para la mediación intercultural en el ámbito provincial,
con un importe total para la provincia de Jaén de 12.693,39 €, con cargo a la posición
presupuestaria 1100020000/G/42F/48708/23 01.
Con la misma fecha se publicó en BOJA el extracto de dicha convocatoria, de
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones; cuyo texto completo puede consultarse en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones y en dicho BOJA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la mencionada Orden de 15
de abril, así como en el artículo 13 del cuadro resumen de esta línea de subvención,
constituida la Comisión Provincial de Evaluación, y una vez verificados los requisitos
de la entidades solicitantes; analizadas y evaluadas las solicitudes presentadas, de
acuerdo con los criterios establecidos; con fecha 23 de septiembre de 2024, se emitió
la propuesta provisional de resolución de la Comisión Provincial de Evaluación que fue
publicada en el portal web de esta Delegación Territorial con la misma fecha.
Finalizado el plazo para que las entidades beneficiarias provisionales relacionadas en
el Anexo I de la citada propuesta, presentaran el formulario Anexo II y la documentación
establecida en el apartado 15 del cuadro resumen de la esta Línea de subvención,
en relación con el artículo 17 de las BBRR; analizadas las alegaciones presentadas y
comprobada la documentación aportada por las entidades solicitantes, según establece
el artículo 18 de la Orden de 15 de abril de 2011, anteriormente mencionada, la Comisión
de Evaluación elevó propuesta definitiva a esta Delegación Territorial con fecha 14.10.24.