Autoridades y personal. . (2024/212-9)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el nombramiento de personal funcionario de carrera en ejecución de sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Miércoles, 30 de octubre de 2024
página 53121/3
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Tercero. En el artículo 24, en sus apartados 1.º y 2.º, del Reglamento General de
Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 2/2002, de 9 de enero, se puntualiza que:
«1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y peticiones de destinos,
el titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública nombrará funcionarios
a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos
exigidos en la convocatoria, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas
convocadas.
2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.»
Cuarto. Por otra parte, se debe tener en cuenta lo previsto en la Ley 12/2023,
de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
2024 (BOJA núm. 248, de 29 de diciembre), que, en el mismo sentido que las anteriores
leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, manifiesta en su
artículo 23, apartado 4, que «las retribuciones de cualquier clase que hayan de abonarse
con carácter retroactivo al personal deberán hacerse efectivas por el organismo o centro,
bajo cuya dependencia orgánica y económica se encuentre adscrito cada puesto de trabajo
al que hayan de imputarse los atrasos, en el momento de hacer efectivo el abono».
Quinto. Finalmente, en el apartado 3.º del artículo 103 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se manifiesta que:
«3. Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar
la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo
para la debida y completa ejecución de lo resuelto.»
Por cuanto antecede, teniendo en cuenta hechos, fundamentos de derecho y demás
disposiciones de general y pertinente aplicación, y en virtud de las competencias previstas
en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Primero. Dictar resolución por la que se proceda, en ejecución de lo dispuesto en
la citada Sentencia núm. 1940/2023, de 28 de junio, al nombramiento de don Daniel
Barragán Maestre, con DNI núm. ***6478**, como funcionario de carrera del Cuerpo
General de Administrativos (C1.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público
2017/2018, en el puesto de trabajo con código 9566310, Administrativo, adscrito al Centro
de Empleo de Osuna, Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Sevilla de
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, con una puntuación reconocida
de 74,600 puntos, por lo que le corresponde el puesto número 258 del listado de personas
que superan la oposición conforme al número de plazas convocadas.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario de carrera,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310070
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Miércoles, 30 de octubre de 2024
página 53121/3
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Tercero. En el artículo 24, en sus apartados 1.º y 2.º, del Reglamento General de
Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 2/2002, de 9 de enero, se puntualiza que:
«1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y peticiones de destinos,
el titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública nombrará funcionarios
a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos
exigidos en la convocatoria, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas
convocadas.
2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.»
Cuarto. Por otra parte, se debe tener en cuenta lo previsto en la Ley 12/2023,
de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
2024 (BOJA núm. 248, de 29 de diciembre), que, en el mismo sentido que las anteriores
leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, manifiesta en su
artículo 23, apartado 4, que «las retribuciones de cualquier clase que hayan de abonarse
con carácter retroactivo al personal deberán hacerse efectivas por el organismo o centro,
bajo cuya dependencia orgánica y económica se encuentre adscrito cada puesto de trabajo
al que hayan de imputarse los atrasos, en el momento de hacer efectivo el abono».
Quinto. Finalmente, en el apartado 3.º del artículo 103 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se manifiesta que:
«3. Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar
la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo
para la debida y completa ejecución de lo resuelto.»
Por cuanto antecede, teniendo en cuenta hechos, fundamentos de derecho y demás
disposiciones de general y pertinente aplicación, y en virtud de las competencias previstas
en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Primero. Dictar resolución por la que se proceda, en ejecución de lo dispuesto en
la citada Sentencia núm. 1940/2023, de 28 de junio, al nombramiento de don Daniel
Barragán Maestre, con DNI núm. ***6478**, como funcionario de carrera del Cuerpo
General de Administrativos (C1.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público
2017/2018, en el puesto de trabajo con código 9566310, Administrativo, adscrito al Centro
de Empleo de Osuna, Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Sevilla de
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, con una puntuación reconocida
de 74,600 puntos, por lo que le corresponde el puesto número 258 del listado de personas
que superan la oposición conforme al número de plazas convocadas.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario de carrera,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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00310070
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