Autoridades y personal. . (2024/211-38)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en el proceso selectivo de acceso libre para el ingreso, por el sistema de concurso, en el Cuerpo General Administrativo de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024

página 53012/3

5. La presentación electrónica se realizará de manera obligatoria en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web de
Emplead@, a través de la dirección https://ws045. juntadeandalucia.es/empleadopublico/
Para ello se deberá disponer de un certificado electrónico vigente y reconocido
que sea válido, expedido por la FNMT-RCM, si se accede fuera de la red corporativa,
pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede desde dicha red.
Habiéndose establecido expresamente los modelos que se publican como anexo a
la presente resolución, estos serán de uso obligatorio por las personas interesadas y
exclusivamente válidos los presentados a través de la referida dirección web del empleado
público de Andalucía (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico).
La solicitud y documentación presentada ante el Registro Electrónico Único de la
Junta de Andalucía no podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda
presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las
personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna
al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y
su no rechazo.
Cuarto. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado, siempre
que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de
Puestos de Trabajo, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido, sin perjuicio de
que éste pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de una resolución
administrativa o judicial derivada del proceso selectivo, y conforme al orden de preferencia
establecido en el Anexo II de la presente resolución.
2. Conforme dispone el artículo 25 del precitado Reglamento General, aprobado
por Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo
de ocupación si se trata de puestos de trabajo del nivel básico del Cuerpo, o carácter
provisional si se trata de puestos de trabajo de nivel no básico.
3. Al personal aspirante que no haya solicitado suficientes puestos de trabajo en relación
con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de oficio alguno
de los que resulten vacantes, una vez atendidas las demás peticiones del personal aspirante.

Sexto. Las personas seleccionadas que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor debidamente acreditado, no presentasen la documentación a que se refiere
el apartado tercero de la presente resolución, o bien del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la resolución
de convocatoria o que incurren en falsedad en las declaraciones responsables a las que
se hace referencia en los puntos 2 y 3 del apartado tercero de esta resolución, no podrán
ser nombrados personal funcionario de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Sevilla, 23 de octubre de 2024.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309961

Quinto. El personal aspirante que tuviera la condición de personal funcionario de carrera
que ocupe con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrá solicitar la adjudicación
del mismo con el mismo carácter de ocupación, siempre y cuando se cumplan los requisitos
previstos en la Relación de Puestos de Trabajo. En tal caso, quedarán excluidas del sistema
de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la
toma de posesión en dicho puesto como personal funcionario de carrera del nuevo Cuerpo
y la declaración en la situación de excedencia prevista en el artículo 155 de la Ley 5/2023,
de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el Cuerpo al que pertenecía con
anterioridad.