Disposiciones generales. . (2024/211-6)
Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible para la concesión de ayudas reguladas en la Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024
página 52933/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Con fecha 2 de abril de 2024, se publica en el BOJA núm. 63 la Orden de 8 de marzo
de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por
la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la
Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos
destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo
a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
(línea 1, sublínea 1.1).
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y estudiados los proyectos
propuestos por los beneficiarios, se constata la existencia de un déficit de crédito
disponible, sobre el comprometido inicialmente en la convocatoria.
El resuelvo segundo, punto 4, letra c), de la Orden de 8 de marzo de 2024 antes
citada, establece que «Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria,
excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la
concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la
cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión,
como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación,
una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía. La declaración del aumento del crédito
se publicará por quien lleva a cabo la convocatoria y por el mismo medio que ésta, sin
que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de
solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución
correspondiente».
Teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, y con el objeto de atender el
mayor número de solicitudes posibles en esta línea de ayuda, promoviendo los proyectos
de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados
a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la
implementación de la normativa de residuos, se considera conveniente incrementar el
importe convocado, no siendo necesario para ello dictar una nueva convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309882
Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se da publicidad al aumento de
crédito disponible para la concesión de ayudas reguladas en la Orden de
8 de marzo de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para
el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que
se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación,
ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a
instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo
a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024
página 52933/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Con fecha 2 de abril de 2024, se publica en el BOJA núm. 63 la Orden de 8 de marzo
de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por
la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la
Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos
destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo
a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
(línea 1, sublínea 1.1).
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y estudiados los proyectos
propuestos por los beneficiarios, se constata la existencia de un déficit de crédito
disponible, sobre el comprometido inicialmente en la convocatoria.
El resuelvo segundo, punto 4, letra c), de la Orden de 8 de marzo de 2024 antes
citada, establece que «Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria,
excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la
concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la
cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión,
como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación,
una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía. La declaración del aumento del crédito
se publicará por quien lleva a cabo la convocatoria y por el mismo medio que ésta, sin
que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de
solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución
correspondiente».
Teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, y con el objeto de atender el
mayor número de solicitudes posibles en esta línea de ayuda, promoviendo los proyectos
de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados
a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la
implementación de la normativa de residuos, se considera conveniente incrementar el
importe convocado, no siendo necesario para ello dictar una nueva convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309882
Orden de 8 de octubre de 2024, por la que se da publicidad al aumento de
crédito disponible para la concesión de ayudas reguladas en la Orden de
8 de marzo de 2024, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para
el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que
se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación,
ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a
instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo
a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1).