Disposiciones generales. . (2024/211-1)
Orden de 23 de octubre de 2024, por la que se establece la Política de Seguridad TIC, Seguridad Interior y Protección de Datos Personales de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024
página 53047/11
redes y sistemas de información, concretamente a su equipo de respuesta a incidentes
de seguridad informática (SOC Andalucía), los incidentes de seguridad TIC, en los casos
y en los términos que determine la normativa aplicable.
4. La notificación mencionada en el apartado anterior se realizará por el medio o
procedimiento que disponga la política de seguridad de las tecnologías de la información y
comunicaciones de la Junta de Andalucía que determine el órgano competente en materia
de desarrollo y ejecución de las políticas de seguridad de los sistemas de información y
telecomunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y del sector público
andaluz o el Comité de Seguridad TIC corporativo de la Junta de Andalucía.
Artículo 15. Resolución de conflictos.
1. Los conflictos entre las diferentes personas, unidades u órganos responsables que
componen la estructura organizativa de la Política de Seguridad Interior y Seguridad TIC
serán resueltos por el superior jerárquico común. En su defecto, prevalecerá la decisión
del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC.
2. En los conflictos entre las personas responsables que componen la estructura
organizativa de la Política de Seguridad Interior, Política de Seguridad TIC y la Política de
Protección de Datos Personales, prevalecerá la decisión que presente un mayor nivel de
exigencia respecto a la protección de los datos personales.
Artículo 16. Auditorías de seguridad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309996
Artículo 14. Obligaciones del personal
1. Todo el personal que preste servicios en la Consejería tiene la obligación de conocer
y cumplir la Política de Seguridad TIC, la Política de Seguridad Interior y la Política de
Protección de Datos Personales, así como las normativas de seguridad derivadas, siendo
responsabilidad del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC disponer los medios
necesarios para que la información llegue a las personas afectadas.
2. Todo el personal que se incorpore a la Consejería o vaya a tener acceso a
alguno de sus sistemas de información o la información gestionada por ellos deberá ser
informado de la Política de Seguridad TIC, la Política de Seguridad Interior y la Política de
Protección de Datos Personales.
3. Procederá el ejercicio de las acciones pertinentes para la exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan por el incumplimiento manifiesto de la
Política de Seguridad TIC y Seguridad Interior o de la normativa de seguridad derivada,
así como por incumplimiento en materia de protección de datos personales.
4. El personal de la Consejería deberá cumplir además con las instrucciones y
normas que regulen el comportamiento del personal empleado público en el uso de los
sistemas informáticos y redes de comunicaciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 22 de octubre de 2020,
de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Código
de Conducta en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para
profesionales públicos de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cualquier persona que actúe bajo la autoridad del Responsable o del Encargado de un
Tratamiento de datos personales en el ámbito de aplicación de esta orden y tenga acceso
a datos personales solo tratará dichos datos siguiendo instrucciones del Responsable,
salvo que esté obligada a ello en virtud del ordenamiento jurídico de la Unión Europea o
del Estado español.
5. Todo el personal que preste servicios en la Consejería deberá estar comprometido
con la preservación de la seguridad interior, siendo responsable de utilizar correctamente
los activos y de participar, durante el desempeño ordinario de sus funciones y tareas, en
la detección precoz de cuantos indicios puedan servir a la prevención de riesgos para la
seguridad interior.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024
página 53047/11
redes y sistemas de información, concretamente a su equipo de respuesta a incidentes
de seguridad informática (SOC Andalucía), los incidentes de seguridad TIC, en los casos
y en los términos que determine la normativa aplicable.
4. La notificación mencionada en el apartado anterior se realizará por el medio o
procedimiento que disponga la política de seguridad de las tecnologías de la información y
comunicaciones de la Junta de Andalucía que determine el órgano competente en materia
de desarrollo y ejecución de las políticas de seguridad de los sistemas de información y
telecomunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y del sector público
andaluz o el Comité de Seguridad TIC corporativo de la Junta de Andalucía.
Artículo 15. Resolución de conflictos.
1. Los conflictos entre las diferentes personas, unidades u órganos responsables que
componen la estructura organizativa de la Política de Seguridad Interior y Seguridad TIC
serán resueltos por el superior jerárquico común. En su defecto, prevalecerá la decisión
del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC.
2. En los conflictos entre las personas responsables que componen la estructura
organizativa de la Política de Seguridad Interior, Política de Seguridad TIC y la Política de
Protección de Datos Personales, prevalecerá la decisión que presente un mayor nivel de
exigencia respecto a la protección de los datos personales.
Artículo 16. Auditorías de seguridad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309996
Artículo 14. Obligaciones del personal
1. Todo el personal que preste servicios en la Consejería tiene la obligación de conocer
y cumplir la Política de Seguridad TIC, la Política de Seguridad Interior y la Política de
Protección de Datos Personales, así como las normativas de seguridad derivadas, siendo
responsabilidad del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC disponer los medios
necesarios para que la información llegue a las personas afectadas.
2. Todo el personal que se incorpore a la Consejería o vaya a tener acceso a
alguno de sus sistemas de información o la información gestionada por ellos deberá ser
informado de la Política de Seguridad TIC, la Política de Seguridad Interior y la Política de
Protección de Datos Personales.
3. Procederá el ejercicio de las acciones pertinentes para la exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan por el incumplimiento manifiesto de la
Política de Seguridad TIC y Seguridad Interior o de la normativa de seguridad derivada,
así como por incumplimiento en materia de protección de datos personales.
4. El personal de la Consejería deberá cumplir además con las instrucciones y
normas que regulen el comportamiento del personal empleado público en el uso de los
sistemas informáticos y redes de comunicaciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 22 de octubre de 2020,
de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Código
de Conducta en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para
profesionales públicos de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cualquier persona que actúe bajo la autoridad del Responsable o del Encargado de un
Tratamiento de datos personales en el ámbito de aplicación de esta orden y tenga acceso
a datos personales solo tratará dichos datos siguiendo instrucciones del Responsable,
salvo que esté obligada a ello en virtud del ordenamiento jurídico de la Unión Europea o
del Estado español.
5. Todo el personal que preste servicios en la Consejería deberá estar comprometido
con la preservación de la seguridad interior, siendo responsable de utilizar correctamente
los activos y de participar, durante el desempeño ordinario de sus funciones y tareas, en
la detección precoz de cuantos indicios puedan servir a la prevención de riesgos para la
seguridad interior.