Autoridades y personal. . (2024/210-27)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de un puesto de Coordinador/a Servicio de Atención a la Ciudadanía, como Encargo Complementario de Funciones en el Distrito Sanitario de Atención Primaria Granada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024
página 52927/9
1.2. Méritos derivados de la formación y la docencia (máximo 25 puntos).
Formación:
1.2.1. Formación Universitaria de Postgrado, hasta un máximo de 5 puntos.
1.2.1.1. Grado de Doctor.
- Por grado de Doctor: 2,50 puntos.
- Por grado de Doctor, obtenido con la mención «cum laude» o sobresaliente: 0,50
puntos adicionales.
1.2.1.2. Por cada Máster Universitario oficial (EEES) relacionado con la categoría,
especialidad o área de trabajo del cargo que se convoca: 2,50 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309875
1.1.4. Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en cualquier otra categoría
básica, puesto Directivo o Cargo Intermedio no descrito anteriormente, a través de
nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados: 0,50
puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos.
1.1.5. Servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto directivo o cargo
intermedio similares en otras Administraciones Públicas, a través de nombramiento
o concurso público: 0,50 puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5
puntos.
Desempeño:
1.1.6. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de 5
puntos.
b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10
puntos.
En caso de no disponer de objetivos individuales se tomará el de la UGC, el Servicio
o centro.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.1.7. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valoraran de
acuerdo con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5 puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
1.1.8. Innovaciones significativas en la organización del área de gestión y servicios,
en el diseño y ejecución de programas de calidad, de seguridad y salud laboral, procesos,
o en el uso/consumo de recursos, iniciadas o mantenidas en los últimos diez años, con
resultados contrastados, según informe de la Dirección de División correspondiente,
mediante informe razonado que acredite los cambios propuestos e implantados por el
candidato. Estos deben haber tenido un efecto constatable en la mejora de la gestión, en
la calidad, en la salud laboral, en la eficiencia del uso de los recursos y/o en los resultados
obtenidos. En todo caso, tendrán que haber supuesto, en su conjunto, una mejora
sustancial sobre la situación de origen. A juicio del tribunal, y en relación directa con el
puesto al que se opta, este ítem será valorado desde 0 a 10 puntos.
1.1.9. Por formar parte de las distintas Comisiones de Calidad, Comités de Seguridad
y Salud, o grupos de trabajo constituidas en centros sanitarios o en los Servicios de
Apoyo: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos. La certificación deberá
extenderse por el Director Económico-Administrativo y/o de Servicios Generales o por el
Subdirector correspondiente de los Servicios de Apoyo o Director General, y en la misma
debe constar el número anual de sesiones de las Comisiones a las que ha asistido y la
actividad que ha desempeñado en la misma.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024
página 52927/9
1.2. Méritos derivados de la formación y la docencia (máximo 25 puntos).
Formación:
1.2.1. Formación Universitaria de Postgrado, hasta un máximo de 5 puntos.
1.2.1.1. Grado de Doctor.
- Por grado de Doctor: 2,50 puntos.
- Por grado de Doctor, obtenido con la mención «cum laude» o sobresaliente: 0,50
puntos adicionales.
1.2.1.2. Por cada Máster Universitario oficial (EEES) relacionado con la categoría,
especialidad o área de trabajo del cargo que se convoca: 2,50 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309875
1.1.4. Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en cualquier otra categoría
básica, puesto Directivo o Cargo Intermedio no descrito anteriormente, a través de
nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados: 0,50
puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos.
1.1.5. Servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto directivo o cargo
intermedio similares en otras Administraciones Públicas, a través de nombramiento
o concurso público: 0,50 puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5
puntos.
Desempeño:
1.1.6. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de 5
puntos.
b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10
puntos.
En caso de no disponer de objetivos individuales se tomará el de la UGC, el Servicio
o centro.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.1.7. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valoraran de
acuerdo con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5 puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
1.1.8. Innovaciones significativas en la organización del área de gestión y servicios,
en el diseño y ejecución de programas de calidad, de seguridad y salud laboral, procesos,
o en el uso/consumo de recursos, iniciadas o mantenidas en los últimos diez años, con
resultados contrastados, según informe de la Dirección de División correspondiente,
mediante informe razonado que acredite los cambios propuestos e implantados por el
candidato. Estos deben haber tenido un efecto constatable en la mejora de la gestión, en
la calidad, en la salud laboral, en la eficiencia del uso de los recursos y/o en los resultados
obtenidos. En todo caso, tendrán que haber supuesto, en su conjunto, una mejora
sustancial sobre la situación de origen. A juicio del tribunal, y en relación directa con el
puesto al que se opta, este ítem será valorado desde 0 a 10 puntos.
1.1.9. Por formar parte de las distintas Comisiones de Calidad, Comités de Seguridad
y Salud, o grupos de trabajo constituidas en centros sanitarios o en los Servicios de
Apoyo: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos. La certificación deberá
extenderse por el Director Económico-Administrativo y/o de Servicios Generales o por el
Subdirector correspondiente de los Servicios de Apoyo o Director General, y en la misma
debe constar el número anual de sesiones de las Comisiones a las que ha asistido y la
actividad que ha desempeñado en la misma.