Autoridades y personal. . (2024/209-38)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Dispositivo Asistencial de la UGC de Salud Mental Comunidad Oriente en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52838/7
6. Comisión de Selección.
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 132/2021, de 6
de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por la persona titular de la Dirección Gerencia
del Hospital Universitario Virgen del Rocío.
6.1.2. Vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de los recursos humanos del centro sanitario, que actuará con voz pero sin voto.
6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designará a su suplente, a las
personas suplentes para las Vocalías y para la Secretaría. La Junta de Personal y, en
su caso, la Junta Facultativa y la Sociedad Científica deberán también proponer a las
personas a designar como suplentes. Las personas que se designen como suplentes
deberán reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que sustituyan.
6.3. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309786
e) Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
f) La orientación a resultados en las diferentes líneas de producción de la Unidad.
g) Las propuestas para materializar una participación ciudadana efectiva.
h) La gestión de la calidad y su acreditación.
i) Las propuestas para liderar grupos, delegar, generar equipo y propiciar la gestión
participativa.
j) La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones
de la Comisión de Selección. La puntuación máxima que otorgar será de 40 puntos.
Este apartado se valorará entre 0 y 40 puntos mediante informe motivado de la
comisión sobre el impacto que las líneas de actuación asistencial, docente, investigación
e innovación, y gestión del área de responsabilidad puede suponer en relación con los
resultados del servicio al que se opta.
Finalizada la exposición de las personas candidatas, la Comisión de Selección
recabará informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad que hubieran asistido
a la defensa pública del proyecto de gestión. Dichas valoraciones serán conservadas en
sobre cerrado y custodiadas por el secretario hasta que por parte de la comisión se haya
procedido a la evaluación del proyecto de gestión.
Una vez realizada la valoración del proyecto de gestión por la Comisión de Selección,
esta incorporará la valoración otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad,
que se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) La Comisión de Selección solo podrá integrar en la valoración las puntuaciones
otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad que hayan sido suficientemente
motivadas.
b) La media de dichas puntuaciones se incorporará a la evaluación final que haga la
Comisión de Selección, representando el 20% de la misma.
b.1. En el supuesto que la participación de los profesionales adscritos a la Unidad sea
inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros, la Comisión de Selección no podrá
incorporar dicha valoración al resultado final de la misma.
b.2. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual o
superior al 20% de los miembros pero el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación
de la misma en la evaluación final que haga la Comisión de Selección, representará el
10% de la misma.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52838/7
6. Comisión de Selección.
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 132/2021, de 6
de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por la persona titular de la Dirección Gerencia
del Hospital Universitario Virgen del Rocío.
6.1.2. Vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de los recursos humanos del centro sanitario, que actuará con voz pero sin voto.
6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designará a su suplente, a las
personas suplentes para las Vocalías y para la Secretaría. La Junta de Personal y, en
su caso, la Junta Facultativa y la Sociedad Científica deberán también proponer a las
personas a designar como suplentes. Las personas que se designen como suplentes
deberán reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que sustituyan.
6.3. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309786
e) Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
f) La orientación a resultados en las diferentes líneas de producción de la Unidad.
g) Las propuestas para materializar una participación ciudadana efectiva.
h) La gestión de la calidad y su acreditación.
i) Las propuestas para liderar grupos, delegar, generar equipo y propiciar la gestión
participativa.
j) La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones
de la Comisión de Selección. La puntuación máxima que otorgar será de 40 puntos.
Este apartado se valorará entre 0 y 40 puntos mediante informe motivado de la
comisión sobre el impacto que las líneas de actuación asistencial, docente, investigación
e innovación, y gestión del área de responsabilidad puede suponer en relación con los
resultados del servicio al que se opta.
Finalizada la exposición de las personas candidatas, la Comisión de Selección
recabará informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad que hubieran asistido
a la defensa pública del proyecto de gestión. Dichas valoraciones serán conservadas en
sobre cerrado y custodiadas por el secretario hasta que por parte de la comisión se haya
procedido a la evaluación del proyecto de gestión.
Una vez realizada la valoración del proyecto de gestión por la Comisión de Selección,
esta incorporará la valoración otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad,
que se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) La Comisión de Selección solo podrá integrar en la valoración las puntuaciones
otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad que hayan sido suficientemente
motivadas.
b) La media de dichas puntuaciones se incorporará a la evaluación final que haga la
Comisión de Selección, representando el 20% de la misma.
b.1. En el supuesto que la participación de los profesionales adscritos a la Unidad sea
inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros, la Comisión de Selección no podrá
incorporar dicha valoración al resultado final de la misma.
b.2. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual o
superior al 20% de los miembros pero el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación
de la misma en la evaluación final que haga la Comisión de Selección, representará el
10% de la misma.