Autoridades y personal. . (2024/209-40)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Dispositivo Asistencial de la UGC de Salud Mental Comunitaria Guadalquivir en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52841/13
a) Por cada seis meses de estancia en un centro extranjero mediante beca de
ampliación de estudios o similar: 3 puntos. Para estancias menores, nunca inferiores a un
mes, la puntuación se calculará proporcionalmente a su duración.
b) Por cada seis meses de estancia en un centro nacional mediante beca de
ampliación de estudios o similar: 2 puntos. Para estancias menores, nunca inferiores a un
mes, la puntuación se calculará proporcionalmente a su duración.
4.2. Estudios de maestría y experto.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada máster universitario relacionado con el área de conocimiento de la
especialidad del puesto que se convoca: 2,5 puntos.
b) Por cada diploma de experto universitario relacionado con el área de conocimiento
de la especialidad del puesto que se convoca: 1,5 puntos.
4.3. Actividades formativas.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En gestión clínica, organización sanitaria, calidad asistencial, y medicina o cuidados
basados en la evidencia. Por cada crédito obtenido como discente: 0,15 puntos.
b) En el área de conocimiento de la especialidad y/o línea de la actividad profesional
que realiza. Por cada crédito obtenido como discente: 0,10 puntos.
c) Solo serán evaluables estos méritos cuando se traten de actividades acreditadas
por alguno de los órganos que integran el Sistema de Acreditación de Formación
Continuada en el Sistema Nacional de Salud.
ANEXO II
De conformidad con el art. 17.2 del Decreto 77/2008, además de las funciones
asistenciales propias de su categoría profesional, la persona titular de la Coordinación de
Dispositivo Asistencial de Salud Mental tendrá las siguientes funciones:
- Coordinar al conjunto de profesionales que integran el correspondiente dispositivo
asistencial de salud mental, al objeto de llevar a cabo el cumplimiento de los objetivos y el
desarrollo de los programas establecidos en la unidad de gestión clínica de salud mental.
- Proponer a la Dirección de la unidad de gestión clínica de salud mental, la distribución
de actividades y horarios del correspondiente dispositivo asistencial de salud mental, así
como responsabilizarse de su cumplimiento.
- Todas aquellas que le sean delegadas por la Dirección de la unidad de gestión
clínica de salud mental.
00309789
Sevilla, 22 de octubre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52841/13
a) Por cada seis meses de estancia en un centro extranjero mediante beca de
ampliación de estudios o similar: 3 puntos. Para estancias menores, nunca inferiores a un
mes, la puntuación se calculará proporcionalmente a su duración.
b) Por cada seis meses de estancia en un centro nacional mediante beca de
ampliación de estudios o similar: 2 puntos. Para estancias menores, nunca inferiores a un
mes, la puntuación se calculará proporcionalmente a su duración.
4.2. Estudios de maestría y experto.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada máster universitario relacionado con el área de conocimiento de la
especialidad del puesto que se convoca: 2,5 puntos.
b) Por cada diploma de experto universitario relacionado con el área de conocimiento
de la especialidad del puesto que se convoca: 1,5 puntos.
4.3. Actividades formativas.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En gestión clínica, organización sanitaria, calidad asistencial, y medicina o cuidados
basados en la evidencia. Por cada crédito obtenido como discente: 0,15 puntos.
b) En el área de conocimiento de la especialidad y/o línea de la actividad profesional
que realiza. Por cada crédito obtenido como discente: 0,10 puntos.
c) Solo serán evaluables estos méritos cuando se traten de actividades acreditadas
por alguno de los órganos que integran el Sistema de Acreditación de Formación
Continuada en el Sistema Nacional de Salud.
ANEXO II
De conformidad con el art. 17.2 del Decreto 77/2008, además de las funciones
asistenciales propias de su categoría profesional, la persona titular de la Coordinación de
Dispositivo Asistencial de Salud Mental tendrá las siguientes funciones:
- Coordinar al conjunto de profesionales que integran el correspondiente dispositivo
asistencial de salud mental, al objeto de llevar a cabo el cumplimiento de los objetivos y el
desarrollo de los programas establecidos en la unidad de gestión clínica de salud mental.
- Proponer a la Dirección de la unidad de gestión clínica de salud mental, la distribución
de actividades y horarios del correspondiente dispositivo asistencial de salud mental, así
como responsabilizarse de su cumplimiento.
- Todas aquellas que le sean delegadas por la Dirección de la unidad de gestión
clínica de salud mental.
00309789
Sevilla, 22 de octubre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja