Disposiciones generales. . (2024/209-3)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones de modalidad A previstas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024

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ANEXO III

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

JUSTIFICACIÓN
SUBVENCIONES PARA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD Y LA DIGITALIZACIÓN DEL SECTOR
COMERCIAL Y ARTESANO EN ANDALUCÍA. (Código de procedimiento: 25594)
MODALIDAD A: FOMENTO DEL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA CONSOLIDACIÓN DE
PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS

CONVOCATORIA/EJERCICIO: 2024

ORDEN de 3 de octubre de 2024, por la que se regulan las subvenciones destinadas a mejorar la competitividad y la
digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía (BOJA núm. 197 de 9 de octubre de 2024).
D./D.ª:

con NIF:

,

de la entidad:

con DNI/ NIF:

,

CERTIFICA que, habiendo sido beneficiario de una ayuda por importe de
al amparo de la Orden de 3 de octubre
de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para mejora de la competitividad y la digitalización del
sector comercial y artesano en Andalucía, este importe se ha destinado a financiar las actividades que se detallan en documento
adjunto, habiéndose cumplido el objeto de la subvención.
Asimismo, en su caso, los bienes serán destinados al fin para el que se concedió durante el período de tres años.
La información contenida en la presente justificación es fiel reflejo de la contabilidad de esta entidad, comprometiéndose a
conservar y en caso de ser requerido para ello, poner a disposición de todos los órganos de verificación y control el soporte
documental y contable de la presente certificación, así como las facturas o documentos justificativos que soportan los gastos y los
pagos detallados en la relación clasificada que más abajo se detalla, durante un plazo de cinco años contados a partir del 31 de
diciembre del año en que se efectúe el último pago, sin perjuicio de las normas aplicables en materia de ayudas estatales.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00309844

008616/A02

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

en calidad de

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