3. Otras disposiciones. . (2024/209-66)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se cierra la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en aguas del caladero mediterráneo.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024

página 52784/2

Dado que se ha consumido el 80% de la cuota máxima permitida para la campaña
comercial de chirla, en aras de mantener el criterio de precaución en la gestión pesquera
que establece el Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 11 de diciembre de 2013, se considera oportuno realizar un cierre temporal de la
pesquería durante dos meses, con objeto de garantizar la cuota suficiente para la provisión
de chirla (Chamelea gallina) del caladero Mediterráneo durante la campaña navideña.
Por todo lo expuesto, atendiendo a las competencias de esta Dirección General en
cuanto a la ordenación y regulación de la actividad pesquera de la flota andaluza, en
las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía establecidas en el
artículo 10 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de conformidad
con la Orden de 24 de marzo de 2014,
RESU ELVO
Primero. Se procede a realizar el cierre de la pesquería de chirla (Chamelea gallina)
en el caladero mediterráneo hasta el 13 de diciembre de 2024 inclusive.
Segundo. Queda prohibido capturar, mantener a bordo, trasbordar, desembarcar y
comercializar la especie chirla (Chamelea gallina) procedente del caladero mediterráneo.
Tercero. Los ejemplares de esta especie capturados de forma accidental deberán ser
devueltos inmediatamente al mar.
Cuarto. El incumplimiento de esta resolución se sancionará conforme a lo establecido
en la Ley 1/2002, de 4 de abril, y/o la Ley 3/2001, de 26 de marzo.
Quinto. La presente resolución surtirá efectos a partir de las 00 horas del día 21 de
octubre de 2024.

00309732

Sevilla, 18 de octubre de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja