Disposiciones generales. . (2024/208-2)
Extracto de la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de ayudas para estudiantes con discapacidad para el curso académico 2024/25.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Jueves, 24 de octubre de 2024

página 52745/1

1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Universidad de
Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de ayudas para estudiantes
con discapacidad para el curso académico 2024/25.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 792029.
Primero. Convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la colaboración en el desarrollo de su
actividad académica, con los estudiantes que tengan alguna discapacidad reconocida.
Esta ayuda se concreta en dos modalidades:
a) Estudiante colaborador/a.
Acuerdo o compromiso entre la persona que solicita y el/la estudiante colaborador/a,
en el que se describan brevemente las tareas o funciones que desempeña o desempeñará
la persona colaboradora. Esta ayuda la percibirá directamente el/la colaborador/a, a cuyo
efecto, deberá facilitar mediante certificación del banco o caja la cuenta de la que tiene
que ser titular, donde desea que se efectúe el ingreso. El importe de la ayuda, estará
relacionado con las necesidades específicas de la persona con discapacidad y de las
tareas de colaboración necesarias. En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos,
el importe máximo a conceder será de 1.300 euros. Para estudiantes con un número
inferior de créditos, se aplicará la proporción correspondiente. El incumplimiento de las
funciones y tareas recogidas en el acuerdo de colaboración, supondrá la revocación total
o parcial de la ayuda concedida.
b) Ayuda de transporte.
Facturas de los taxis, o medio de transporte empleado por el/la estudiante durante el
período lectivo establecido por la Universidad de Huelva.
En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos, el importe máximo a conceder
será de 700 euros, conforme a distancia, desplazamientos, créditos matriculados, y
calendario lectivo. En caso de emplear como medio de transporte, vehículo perteneciente
al estudiante colaborador/a, este último será quien reciba directamente el importe de la
misma. En este supuesto, el acuerdo o compromiso entre ambos, deberá recoger dicha
circunstancia.

Tercero. Financiación.
La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de
esta ayuda será:
Año 2024: 80.01.04.00 321A 481.99: 30.000 euros.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Para estudiantes matriculados en el curso 2024-25 en la Universidad de Huelva, en
una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional, Grado, o Master Oficial, que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Bases reguladoras.
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado de
Grado y Máster de la Universidad de Huelva.