Autoridades y personal. . (2024/206-28)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por promoción interna y turno libre, una plaza de personal técnico, de gestión y administración y servicios laboral fijo de la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024
página 52584/11
II.2. Baremo general para la provisión de plaza vacante en la plantilla del personal
laboral, mediante el sistema de turno libre.
A) Fase de oposición.
a) Primer ejercicio. De carácter teórico, consistirá en contestar un cuestionario con un
máximo de 90 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta,
basado en el contenido del programa de esta convocatoria. A criterio del Tribunal, se
podrá incluir hasta un máximo de 5 preguntas de reserva que, en ningún caso, modificarán
el tiempo máximo de realización del ejercicio.
Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente
fórmula de corrección:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309533
b) Experiencia dentro de la especialidad e inferior categoría de la plaza convocada:
0,431 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.
El período máximo que se podrá valorar será de 10 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.
2. Antigüedad.
Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,377 puntos por
año de servicios o fracción superior a seis meses.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.
3. Formación.
a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados con posterioridad a la aprobación del primer Plan de Formación del PAS
(junio de 1996) y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de asistencia: 0,269 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,336 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,448 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en
los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,673 puntos por curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de
aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c.
i) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza,
de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el
correspondiente grupo profesional, se valorará a razón de 1,076 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de
10,77 puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán
a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen esta última.
C) Valoración final del proceso selectivo.
La determinación de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará
sumando la puntuación obtenida en los dos ejercicios de la fase de oposición, de quienes
hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación
obtenida en la fase de concurso.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024
página 52584/11
II.2. Baremo general para la provisión de plaza vacante en la plantilla del personal
laboral, mediante el sistema de turno libre.
A) Fase de oposición.
a) Primer ejercicio. De carácter teórico, consistirá en contestar un cuestionario con un
máximo de 90 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta,
basado en el contenido del programa de esta convocatoria. A criterio del Tribunal, se
podrá incluir hasta un máximo de 5 preguntas de reserva que, en ningún caso, modificarán
el tiempo máximo de realización del ejercicio.
Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente
fórmula de corrección:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309533
b) Experiencia dentro de la especialidad e inferior categoría de la plaza convocada:
0,431 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.
El período máximo que se podrá valorar será de 10 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.
2. Antigüedad.
Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,377 puntos por
año de servicios o fracción superior a seis meses.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.
3. Formación.
a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados con posterioridad a la aprobación del primer Plan de Formación del PAS
(junio de 1996) y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de asistencia: 0,269 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,336 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,448 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en
los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,673 puntos por curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de
aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c.
i) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza,
de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el
correspondiente grupo profesional, se valorará a razón de 1,076 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de
10,77 puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán
a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen esta última.
C) Valoración final del proceso selectivo.
La determinación de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará
sumando la puntuación obtenida en los dos ejercicios de la fase de oposición, de quienes
hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación
obtenida en la fase de concurso.