Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

página 52377/24

a) En su caso, compromiso de aportar el importe exacto de la cuantía de fondos propios a asignar a la
adquisición de los dispositivos o productos subvencionables.
b) Declaración responsable relativa a la obligación de conservar los documentos justificativos y demás
documentos concernientes a la financiación en formato electrónico durante un período de 3 años a partir
de la operación, de conformidad con el artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo y del artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y
del Cons ejo, de 18 de julio de 2018, s obre las
normas
financieras
aplicables
al
presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1296/2013, (UE) n.º
1301/2013,(UE) nº 1303/2013, (UE) nº 1304/2013,(UE) nº 1309/2013, (UE) nº 1316/2013, (UE) nº 223/2014 y
(UE) nº 283/2014 y la Decisión nº 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) nº
966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1), por ser el importe de la subvención inferior a 60.000 euros.
c) Declaración responsable relativa a la concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que
la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales
competentes, ejerzan sus competencias.
d) Declaración responsable relativa al sometimiento a las actuaciones de comprobación por el órgano
concedente sobre el cumplimiento de las obligaciones y requisitos previstos en las bases reguladoras, así
como a las actuaciones de verificación y control por los órganos competentes tanto nacionales como
comunitarios, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
e) Declaración responsable relativa al sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero
que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con los incentivos y
ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.
14.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Copias autenticadas.
Otro: Copias simples o digitalizadas.
Soporte:
Papel.
Electrónico.
Otros:

15.- Plazo máximo para adoptar y notificar la resolución del procedimiento (Artículo 19):

16.- Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
Si.
No.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento se fija en un mes desde la finalización del
plazo para la presentación de solicitudes. Las notificaciones se cursarán personalmente y se practicarán en
el lugar o por el medio indicado en la solicitud. En el caso de que se opte por el medio electrónico de notifi cación, deberá cumplimentarse los apartados correspondientes del Anexo I formulario de solicitud.