3. Otras disposiciones. . (2024/203-53)
Orden de 25 de septiembre de 2024, por la que se concede la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Reina» de Málaga (PP. 9620/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 203 - Jueves, 17 de octubre de 2024
página 51409/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 25 de septiembre de 2024, por la que se concede la autorización
administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil
«Reina» de Málaga (PP. 9620/2024).
Examinado el expediente incoado a instancia de doña Carmen María Reina Arandilla,
como representante de RC Reina, S.L.U., entidad titular promotora del centro de
educación infantil «Reina», en solicitud de autorización administrativa de apertura y
funcionamiento del mismo con 3 unidades del primer ciclo de educación infantil.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del
Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Málaga y de la
Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de
mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación
infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones
de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de
20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos
relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de
23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA
de 10 de mayo), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos
exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al
centro de educación infantil «Reina», promovida por RC Reina, S.L.U., entidad titular
del mismo, con código 29020711, ubicado en C/ Mauricio Moro Pareto, 5, de Málaga,
quedando configurado con 3 unidades de primer ciclo para 41 puestos escolares.
Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2024/2025, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a
que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de
otras personas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308358
Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Málaga la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 203 - Jueves, 17 de octubre de 2024
página 51409/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 25 de septiembre de 2024, por la que se concede la autorización
administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil
«Reina» de Málaga (PP. 9620/2024).
Examinado el expediente incoado a instancia de doña Carmen María Reina Arandilla,
como representante de RC Reina, S.L.U., entidad titular promotora del centro de
educación infantil «Reina», en solicitud de autorización administrativa de apertura y
funcionamiento del mismo con 3 unidades del primer ciclo de educación infantil.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del
Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Málaga y de la
Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de
mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación
infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones
de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de
20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos
relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de
23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA
de 10 de mayo), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos
exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al
centro de educación infantil «Reina», promovida por RC Reina, S.L.U., entidad titular
del mismo, con código 29020711, ubicado en C/ Mauricio Moro Pareto, 5, de Málaga,
quedando configurado con 3 unidades de primer ciclo para 41 puestos escolares.
Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2024/2025, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a
que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de
otras personas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308358
Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Málaga la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.