Disposiciones generales. . (2024/203-5)
Extracto de la Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 203 - Jueves, 17 de octubre de 2024

página 52238/2

Tercero. Objeto.
Al amparo del objetivo específico 2.1 del Programa para España del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura regulado en el artículo 26.1.a) del Reglamento
FEMPA, la presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la
concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a fomentar
actividades de acuicultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
mediante compensaciones por el lucro cesante en que hayan incurrido las personas o
entidades solicitantes de las mismas como consecuencia de la utilización de métodos de
cultivo compatibles con necesidades medioambientales específicas y sujetos a requisitos
específicos de gestión derivados de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo
a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en
humedales que favorezca la conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática.
Cuarto. Financiación, intensidad y régimen aplicable.
1. Las ayudas reguladas en esta orden son compatibles con la percepción de
otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras
Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o
internacionales, siempre que la suma de todas ellas no supere la intensidad máxima
de ayuda conforme a lo dispuesto por el artículo 41 del Reglamento (UE) 2021/1139 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021.
2. La intensidad máxima de la ayuda será del 100% del lucro cesante.
3. Las ayudas reguladas en esta orden están cofinanciadas por la Unión Europea, a
través del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura, y por la Administración de
la Junta de Andalucía, en un 70% y en un 30%, respectivamente.
4. Estas ayudas se harán efectivas a través de los siguientes créditos presupuestarios
que se especifican a continuación con arreglo a la cuantía máxima total de 250.000,00
euros, con la siguiente cuantía y distribución presupuestaria:
Línea de ayuda
Ayudas por intervenciones que contribuyan a
la prestación de servicios medioambientales
por parte de la acuicultura en el marco del
Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
2021-2027

Partida presupuestaria

Cuantía
máxima (€)
2024

1400120000G/71P/47300/00_G4210401A6 250.000,00 €

Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de agosto de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen
de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación
de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA
núm. 166, de 27 de agosto de 2024).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309186

5. En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución de concesión de la subvención complementaria, incorporando en
esta resolución a los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la
consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse
agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía.