5. Anuncios. . (2024/203-71)
Anuncio de 4 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se somete al trámite de información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 9758/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 203 - Jueves, 17 de octubre de 2024

página 52217/3

Esta Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en
el artículo 56.1 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, llevará implícita, en todo caso,
la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el
expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de dicha ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del
Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización,
en los términos que en la Declaración de Utilidad Pública se determinen, para el
establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio,
uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o
de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los
mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su
caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a
efectos meramente informativos de dicha obligación.
A estos efectos, en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e individualizada
de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con
indicación de sus titulares.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación
Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el
indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos
efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno
de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de
ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido
en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios
de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al
final de este anuncio, indicándose que el proyecto de ejecución, podrá ser examinado
en las dependencias del Servicio de Energía de la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, de la Junta de
Andalucía, sita en Calle Fernando el Católico 3, Edificio Junta de Andalucía, 11004 Cádiz.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite
de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde
podrá accederse a la documentación presentada para su examen, y por el mismo período
a través del siguiente enlace buscando por el número de expediente:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45
de la mencionada ley.

00309165

Cádiz, 4 de octubre de 2024.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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