5. Anuncios. . (2024/203-72)
Anuncio de 2 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de instalación eléctrica en el termino municipal de Alcaracejos (Córdoba). (PP. 9665/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 203 - Jueves, 17 de octubre de 2024

página 51672/2

• Se instalarán 14 nuevos apoyos de celosía.
• Se instalarán 2779,1 metros de línea de conductor 47–AL1/8–ST1A (LA-56), medidos
sobre planta.
• Se deberán retensar 425 metros de línea, medidos sobre planta.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de
la Ley 24/2013, llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o derechos
afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de la Ley de 16
de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la
condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2.2. de dicha ley.
La relación de bienes y derechos afectado por la instalación están detallados en la
tabla que se adjunta (ver Anexo I).
Las afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los
artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
- Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.
- Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía
eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de
cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
- Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc.
- Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Córdoba, 2 de octubre de 2024.- El Delegado, Agustín López Ortiz.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308621

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios
de los terrenos y demás titulares afectados cuya relación se inserta al final de este anuncio.
El trámite de información pública se llevará a cabo durante un plazo de 30 días
hábiles a partir del día siguiente del de publicación de este anuncio, plazo durante el cual
los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas, conforme a lo
establecido en el art. 125 y 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.
Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para
su consulta en la página web de la Transparencia:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Con independencia de lo anterior, la documentación también estará disponible
para su consulta en las dependencias administrativas de la Delegación Territorial de
Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Córdoba, sitas
en C/ Tomás de Aquino, s/n, Edificio Servicios Múltiples (1.ª planta) y C/ Gondomar, 10
(2.ª planta), mediante cita previa en el teléfono 955 041 111.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 56.2 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados, una
vez publicada la relación de los bienes afectados por la expropiación y hasta el momento
del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes
afectados por la urgente ocupación.
Las alegaciones, dirigidas a la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europeos y de Industria, Energía y Minas de Córdoba, deberán presentarse a través de
medios electrónicos para aquellas personas obligadas en consonancia con lo indicado en
el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, bien en el Registro Electrónico General
de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería correspondiente, o
en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.