3. Otras disposiciones. . (2024/202-13)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Cádiz. (PP. 8050/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Miércoles, 16 de octubre de 2024

página 40103/2

SUPLEMENTOS
Concepto

Euros

Maleta o bulto*
No aplicable a sillas infantiles, carros de bebé o de compra, vehículos de
movilidad personal (VMP), bicicletas, sillas de ruedas o elementos de apoyo
para la movilidad

0,51 €

Recogida en Estación

0,82 €

Entrada en Astilleros, espigones o puertos

1,06 €

Cortadura-Torregorda

4,46 €

Uso de la 6.ª y 7.ª plaza
No aplicable cuando alguno de los viajeros tenga discapacidad

0,91 €/plaza

• Inicio de la tarifa: El taxímetro comenzará a contar cuando el viajero y su equipaje
se encuentren debidamente instalados y se le comunique el destino al conductor, excepto
en los servicios contratados por sistema de telecomunicación, en los que el taxímetro
empezará a contabilizar desde el lugar de partida del vehículo y con un límite máximo
equivalente al valor de la carrera mínima aplicable en cada horario.
• Tarifa 0: Suspenso de la aplicación de las tarifas vigentes ante circunstancias
extraordinarias y excepcionales, ajenas al taxista y al cliente, siendo su único uso evitar
el marcaje excesivo del taxímetro.
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a
los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible
del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación
o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.

00295484

Sevilla, 9 de enero de 2024.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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