Autoridades y personal. . (2024/201-17)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de seis puestos de cargo intermedio de Supervisor/a de Enfermería en el Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla.
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Número 201 - Martes, 15 de octubre de 2024
página 52101/6
La Comisión de Selección rechazará aquellas candidaturas de profesionales que no
alcancen la puntuación mínima de 40% en la evaluación de este apartado.
En el caso de que ninguna de las candidaturas supere la puntuación mínima, la
Comisión propondrá declarar desierta la convocatoria.
5.2.2. Proyecto de Gestión.
La segunda fase consistirá en la exposición y defensa ante la Comisión de Selección,
por cada persona candidata que haya superado la primera fase, de su proyecto de gestión
relacionado con el cargo al que opta, cuyo contenido deberá incluir necesariamente, todas
las líneas de actuación: Asistencial, docente, investigación e innovación, y gestión del área de
responsabilidad para la que participe de entre las detalladas en el Anexo III de la convocatoria.
La defensa del Proyecto de Gestión se realizará mediante exposición en un acto
público, seguida de un debate con los miembros de la Comisión. En la misma se valorarán
obligadamente los siguientes aspectos clave en relación al puesto al que se opta:
a) Visión, misión y valores de la Unidad y su incardinación con los valores del Sistema
Sanitario Público de Andalucía.
b) Líneas estratégicas y análisis DAFO de la Unidad.
c) La cartera de servicios con especial énfasis en los procesos asistenciales.
d) El análisis de los recursos humanos, estructurales y fungibles asignados y las
propuestas para su gestión eficiente.
e) Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
f) La orientación a resultados en las diferentes líneas de producción de la Unidad.
g) Las propuestas para materializar una participación ciudadana efectiva.
h) La gestión de la calidad y su acreditación.
i) Las propuestas para liderar grupos, delegar, generar equipo y propiciar la gestión
participativa.
j) La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones
de la Comisión de Selección. La puntuación máxima que otorgar será de 40 puntos.
Este apartado se valorará entre 0 y 40 puntos mediante informe motivado de la
comisión sobre el impacto que las líneas de actuación: asistencial, docente, investigación
e innovación, y gestión del área de responsabilidad puede suponer en relación con los
resultados del puesto al que se opta.
Finalizada la exposición de las personas candidatas, la Comisión de Selección recabará
informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría y en su
caso especialidad que hubieran asistido a la defensa pública del Proyecto de Gestión. Dichas
valoraciones serán conservadas en sobre cerrado y custodiadas por el secretario hasta que
por parte de la comisión se haya procedido a la evaluación del Proyecto de Gestión.
Una vez realizada la valoración del proyecto de gestión por la Comisión de Selección,
esta incorporará la valoración otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad,
que se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) La Comisión de Selección solo podrá integrar en la valoración las puntuaciones
otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría y, en su
caso, especialidad que hayan sido suficientemente motivadas.
b) La media de dichas puntuaciones se incorporará a la evaluación final que haga la
Comisión de Selección, representando el 20% de la misma.
b.1. En el supuesto que la participación de los profesionales adscritos a la Unidad
sea inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros de la misma categoría
y, en su caso, especialidad, la Comisión de Selección no podrá incorporar dicha
valoración al resultado final de la misma.
b.2.
Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual
o superior al 20% de los miembros de la misma categoría y, en su caso,
especialidad, pero el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación de la
misma en la evaluación final que haga la Comisión de Selección, representará el
10% de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309050
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 52101/6
La Comisión de Selección rechazará aquellas candidaturas de profesionales que no
alcancen la puntuación mínima de 40% en la evaluación de este apartado.
En el caso de que ninguna de las candidaturas supere la puntuación mínima, la
Comisión propondrá declarar desierta la convocatoria.
5.2.2. Proyecto de Gestión.
La segunda fase consistirá en la exposición y defensa ante la Comisión de Selección,
por cada persona candidata que haya superado la primera fase, de su proyecto de gestión
relacionado con el cargo al que opta, cuyo contenido deberá incluir necesariamente, todas
las líneas de actuación: Asistencial, docente, investigación e innovación, y gestión del área de
responsabilidad para la que participe de entre las detalladas en el Anexo III de la convocatoria.
La defensa del Proyecto de Gestión se realizará mediante exposición en un acto
público, seguida de un debate con los miembros de la Comisión. En la misma se valorarán
obligadamente los siguientes aspectos clave en relación al puesto al que se opta:
a) Visión, misión y valores de la Unidad y su incardinación con los valores del Sistema
Sanitario Público de Andalucía.
b) Líneas estratégicas y análisis DAFO de la Unidad.
c) La cartera de servicios con especial énfasis en los procesos asistenciales.
d) El análisis de los recursos humanos, estructurales y fungibles asignados y las
propuestas para su gestión eficiente.
e) Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
f) La orientación a resultados en las diferentes líneas de producción de la Unidad.
g) Las propuestas para materializar una participación ciudadana efectiva.
h) La gestión de la calidad y su acreditación.
i) Las propuestas para liderar grupos, delegar, generar equipo y propiciar la gestión
participativa.
j) La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones
de la Comisión de Selección. La puntuación máxima que otorgar será de 40 puntos.
Este apartado se valorará entre 0 y 40 puntos mediante informe motivado de la
comisión sobre el impacto que las líneas de actuación: asistencial, docente, investigación
e innovación, y gestión del área de responsabilidad puede suponer en relación con los
resultados del puesto al que se opta.
Finalizada la exposición de las personas candidatas, la Comisión de Selección recabará
informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría y en su
caso especialidad que hubieran asistido a la defensa pública del Proyecto de Gestión. Dichas
valoraciones serán conservadas en sobre cerrado y custodiadas por el secretario hasta que
por parte de la comisión se haya procedido a la evaluación del Proyecto de Gestión.
Una vez realizada la valoración del proyecto de gestión por la Comisión de Selección,
esta incorporará la valoración otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad,
que se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) La Comisión de Selección solo podrá integrar en la valoración las puntuaciones
otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría y, en su
caso, especialidad que hayan sido suficientemente motivadas.
b) La media de dichas puntuaciones se incorporará a la evaluación final que haga la
Comisión de Selección, representando el 20% de la misma.
b.1. En el supuesto que la participación de los profesionales adscritos a la Unidad
sea inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros de la misma categoría
y, en su caso, especialidad, la Comisión de Selección no podrá incorporar dicha
valoración al resultado final de la misma.
b.2.
Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual
o superior al 20% de los miembros de la misma categoría y, en su caso,
especialidad, pero el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación de la
misma en la evaluación final que haga la Comisión de Selección, representará el
10% de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309050
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía