Autoridades y personal. . (2024/200-14)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria para la contratación de personal investigador predoctoral en formación asociados a proyectos de investigación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024
página 52037/8
Criterio 2: Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar
(Máximo 50 puntos)
A) Por experiencia profesional directamente relacionada con el Proyecto en el que se
va a realizar la contratación, se valorará con un máximo de 10 puntos, de acuerdo con el
siguiente detalle:
- Experiencia profesional, 0,50 puntos por mes completo o fracción superior a quince días.
- Por Becas de investigación en cualquier entidad pública o privada de investigación,
valorándose 0,30 puntos por mes completo.
Para la adecuada valoración de este mérito la Comisión de selección tendrá en
cuenta las siguientes reglas:
- Por experiencia profesional se entenderá la adquirida y acreditada bajo cualquier
vínculo jurídico laboral, contractual o administrativo en la misma categoría profesional y
titulación a que se opta.
B) Por adecuación de la formación del candidato/al proyecto al que se opta,
valor aportado al equipo de investigación del IFAPA por parte del candidato/a para la
realización del proyecto y por el valor añadido que el proyecto representará en la carrera
investigadora del candidato, con un máximo de 40 puntos.
Se evaluará la adecuación de la formación del candidato/a al proyecto al que se
opta y al centro donde va a realizar su trabajo en función de la titulación, el número de
asignaturas cursadas, número de horas de cursos especializados en función de que
estén directamente relacionados con el proyecto y con las tareas a realizar, etc., así como
la adecuación del contenido de las publicaciones, trabajos presentados a congresos,
actividades de transferencias etc., realizadas por el candidato, a las tareas previstas en el
proyecto y la adecuación de las tareas del proyecto con el perfil del candidato.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.
ANEXO III
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo
en cuenta que si se aportaran títulos, contratos, informes, certificados o cualquier otro
documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de
la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del superior jerárquico que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308986
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024
página 52037/8
Criterio 2: Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar
(Máximo 50 puntos)
A) Por experiencia profesional directamente relacionada con el Proyecto en el que se
va a realizar la contratación, se valorará con un máximo de 10 puntos, de acuerdo con el
siguiente detalle:
- Experiencia profesional, 0,50 puntos por mes completo o fracción superior a quince días.
- Por Becas de investigación en cualquier entidad pública o privada de investigación,
valorándose 0,30 puntos por mes completo.
Para la adecuada valoración de este mérito la Comisión de selección tendrá en
cuenta las siguientes reglas:
- Por experiencia profesional se entenderá la adquirida y acreditada bajo cualquier
vínculo jurídico laboral, contractual o administrativo en la misma categoría profesional y
titulación a que se opta.
B) Por adecuación de la formación del candidato/al proyecto al que se opta,
valor aportado al equipo de investigación del IFAPA por parte del candidato/a para la
realización del proyecto y por el valor añadido que el proyecto representará en la carrera
investigadora del candidato, con un máximo de 40 puntos.
Se evaluará la adecuación de la formación del candidato/a al proyecto al que se
opta y al centro donde va a realizar su trabajo en función de la titulación, el número de
asignaturas cursadas, número de horas de cursos especializados en función de que
estén directamente relacionados con el proyecto y con las tareas a realizar, etc., así como
la adecuación del contenido de las publicaciones, trabajos presentados a congresos,
actividades de transferencias etc., realizadas por el candidato, a las tareas previstas en el
proyecto y la adecuación de las tareas del proyecto con el perfil del candidato.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.
ANEXO III
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo
en cuenta que si se aportaran títulos, contratos, informes, certificados o cualquier otro
documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de
la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del superior jerárquico que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308986
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS