3. Otras disposiciones. . (2024/200-28)
Orden de 20 de septiembre de 2024, por la que se modifica la autorización administrativa de los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria «Altocastillo» de Jaén. (PP. 9687/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024

página 51802/2

b) Bachillerato:
Modalidad de Ciencias y tecnología:
Unidades: 2
Puestos escolares: 70.
Modalidad de Humanidades y ciencias sociales:
Unidades: 2.
Puestos escolares: 70.
Segundo. Los centros no podrán superar el número de puestos escolares fijado para
los mismos.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el Registro de centros docentes.
Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2024/2025, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a
que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de
otras personas.
Quinto. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén
la relación del profesorado de los mismos con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y
a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 20 de septiembre de 2024
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA

00308751

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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