Disposiciones generales. . (2024/200-1)
Orden de 2 de octubre de 2024, por la que se convocan subvenciones de la línea de fomento de la generación del conocimiento en áreas temáticas de excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la investigación, desarrollo en salud, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024

página 52011/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Orden de 2 de octubre de 2024, por la que se convocan subvenciones de la
línea de fomento de la generación del conocimiento en áreas temáticas de
excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la investigación,
desarrollo en salud, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de
salud y consumo para 2024.
La Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 1 de agosto de 2022, aprueba las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, en materia de salud y consumo (BOJA núm. 151, de 8 de agosto), modificada
por la Orden de 10 de agosto de 2023 (BOJA núm. 157, de 17 de agosto).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Objeto.
1. Convocar subvenciones conforme a lo dispuesto en la Orden de 1 de agosto
de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo, en proyectos
destinados a la «Línea de Fomento de la generación del conocimiento en áreas temáticas
de excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la Investigación,
Desarrollo e Innovación».
2. Aprobar el contenido de los formularios que constan como Anexos I y II a la
presente orden, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los
trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentos, según se recoge en el
artículo 17 de las Bases Reguladoras de la convocatoria.

Tercero. Personas beneficiarias.
1. Los requisitos generales que han de acreditar las entidades interesadas, la
presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones y
destino se regirán por lo previsto en la Orden de 1 de agosto de 2022.
2. De acuerdo con los créditos disponibles, solo podrán ser beneficiarias las entidades
incluidas en términos de Contabilidad Nacional en el Subsector Administración Regional
de la Comunidad Autónoma de Andalucía (S.1312).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Conceptos subvencionables.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de la línea
convocada, en la presente convocatoria serán conceptos subvencionables programas y
proyectos de I+D+i en áreas temáticas de excelencia en biomedicina de ámbito europeo,
nacional o autonómico de las siguientes áreas de conocimiento:
a) Zoonosis y riesgos emergentes. Proyectos dirigidos a la adquisición de conocimiento
en el área zoonosis y enfermedades emergentes de origen animal o transmitidas por
vectores, como el virus del Nilo Occidental, que puedan tener repercusiones importantes
en el ámbito de la salud y la salud pública humana.
b) Esclerosis múltiple.