5. Anuncios. . (2024/200-45)
Anuncio de 16 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por el que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de las infraestructuras eléctricas de evacuación asociada a la instalación de generación de energía eléctrica. (PP. 9612/2024).
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Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024

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Dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados, e implica la urgente ocupación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico y con el artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la
condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2.2. de la Ley de Expropiación Forzosa.
En su virtud, esta Delegación de la Junta de Andalucía en Sevilla, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que
comparezcan en el Ayuntamiento donde radica la finca afectada, como punto de reunión
para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, llevar
a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de la de
ocupación definitiva.
El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 26 de noviembre
de 2024, en horario de mañana, en el Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla). El orden
de levantamiento de Actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula
de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos del
Ayuntamiento señalado y como anexo de este anuncio.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada
acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil
siguiente, con igual horario.
A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier
clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles,
pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno.
En el caso de que se haya obtenido algún tipo de acuerdo escrito con la empresa
beneficiaria, relativo al asunto, no será precisa la asistencia, aportándose en todo caso
dicho acuerdo alcanzado con la misma.
El presente anuncio se notificará al Ayuntamiento donde discurren las fincas afectadas,
así como a los interesados con domicilio conocido, y se publicará en el Boletín Oficial del
Estado, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Boletín Oficial de la Provincia de
Sevilla, tablón de edictos del referido Ayuntamiento y, al menos, en dos periódicos de la
provincia. Asimismo, servirá de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado
domicilio a los efectos de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este acto se hace público para que, si existieran terceras personas que se
consideraran de mejor derecho, puedan comparecer en el día, hora y lugar indicado para
formular la reclamación que estimen oportuna, para lo que tendrán que acudir provistos
de la documentación en que fundamenten su intervención.
Se hace constar igualmente que, hasta el momento del levantamiento de actas de pago
y ocupación, los interesados podrán formular por escrito ante esta Delegación alegaciones
a los únicos efectos de corregir posibles errores en la descripción de los inmuebles
afectados, así como examinar el expediente en el que figuran las características de las
parcelas y el detalle de los bienes objeto de expropiación, con sus derechos y accesorios.
Se advierte expresamente que la incomparecencia no impedirá la redacción de las
oportunas actas, y que, de no recibir los justiprecios, estos serán consignados en la Caja
General de Depósitos, Servicio de Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos.
En el expediente expropiatorio, la mercantil Castellana Power, S.L.U., (CIF B88188263)
asume la condición de entidad beneficiaria.
Anexo: Horario de citaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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