Autoridades y personal. . (2024/199-40)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024
página 51999/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
OFICINA ANDALUZA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y
la Corrupción, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto
de trabajo por el sistema de libre designación.
Conforme a lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha
contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, y el
artículo 58 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza
contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la
Mesa del Parlamento de Andalucía, esta Dirección, en virtud de la competencia atribuida
por el artículo 14.2.g) del citado reglamento, anuncia la provisión de un puesto de trabajo,
por el sistema de libre designación, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación, que se
detalla en el anexo de la presente resolución.
Tercera. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática
al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El deber
de relacionarse con la institución por medios telemáticos comprenderá también,
necesariamente, la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos
actos o incidencias que requieran de una comunicación personal, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 41.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No serán tenidas en cuenta las solicitudes de participación presentadas por papel
ni por otro medio electrónico que no sea el indicado en el apartado anterior. En el caso
de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá
hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, debiendo, en este caso, aportar documentación que acredite
la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal o de la aplicación
informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en
papel no será admitida.
Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañe, se dirigirán a
la persona titular de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción a
través del trámite específico habilitado en su sede electrónica accesible a través de la url:
https://antifraudeandalucia.sedelectronica.es
dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A tal efecto, se deberá cumplimentar el formulario de solicitud habilitado en la sede
electrónica, adjuntando los documentos en formato PDF que deban aportarse en virtud
de lo dispuesto en las presentes bases. En caso de que se produzca alguna incidencia
técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que disponen los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308948
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de
carrera que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo
que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024
página 51999/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
OFICINA ANDALUZA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y
la Corrupción, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto
de trabajo por el sistema de libre designación.
Conforme a lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha
contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, y el
artículo 58 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza
contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la
Mesa del Parlamento de Andalucía, esta Dirección, en virtud de la competencia atribuida
por el artículo 14.2.g) del citado reglamento, anuncia la provisión de un puesto de trabajo,
por el sistema de libre designación, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación, que se
detalla en el anexo de la presente resolución.
Tercera. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática
al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El deber
de relacionarse con la institución por medios telemáticos comprenderá también,
necesariamente, la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos
actos o incidencias que requieran de una comunicación personal, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 41.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No serán tenidas en cuenta las solicitudes de participación presentadas por papel
ni por otro medio electrónico que no sea el indicado en el apartado anterior. En el caso
de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá
hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, debiendo, en este caso, aportar documentación que acredite
la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal o de la aplicación
informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en
papel no será admitida.
Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañe, se dirigirán a
la persona titular de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción a
través del trámite específico habilitado en su sede electrónica accesible a través de la url:
https://antifraudeandalucia.sedelectronica.es
dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A tal efecto, se deberá cumplimentar el formulario de solicitud habilitado en la sede
electrónica, adjuntando los documentos en formato PDF que deban aportarse en virtud
de lo dispuesto en las presentes bases. En caso de que se produzca alguna incidencia
técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que disponen los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308948
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de
carrera que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo
que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.