Autoridades y personal. . (2024/199-30)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de un puesto de Coordinador/a Unidad Docente Medicina de Familia, como Encargo Complementario de Funciones en el Distrito Sanitario Atención Primaria de Almería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024

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3. Méritos científicos (máximo 30 puntos).
3.1. Formación: hasta un máximo de 9 puntos.
Se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Grado de doctor o, en caso de diplomados, máster oficial compatible con acceso al
doctorado: 5 puntos.
b) Formación científica posdoctoral en un centro de prestigio internacional, diferente
a aquel en el que se realizó la tesis doctoral: 1 punto por cada 6 meses, hasta un máximo
de 5 puntos.
c) Formación en investigación programas de investigación promovidos mediante
convocatoria pública por el Gobierno de España, de las Comunidades Autónomas o de
la Unión Europea para la contratación laboral de personal investigador, Juan Rodés, Río
Hortega, Sara Borrell, Miguel Servet, Nicolás Monarde, María Castellano y los derivados
de convocatorias para la incorporación de investigadores posdoctorales a grupos de los
centros sanitarios y de investigación del SNS: 3 puntos.
3.2. Actividad en I+D+I: Hasta un máximo de 30 puntos.
3.2.1. Publicaciones en revistas científicas.
Se valorarán, hasta un máximo de 20 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Se considerarán exclusivamente las publicaciones incluidas en el Science Citation
Index (SCI). El factor de impacto será el correspondiente al de la última edición disponible
en la ISI Web of Knowledge del Journal Citation Reports.
b) Se valorará el orden de autores dentro de la publicación: El primer y último autor/a
se puntuarán según el factor de impacto (FI) de la revista; el segundo autor/a con el 60%
de la puntuación del FI, el tercer autor/a con el 40%; y el resto de autores con el 20%
del FI. Se igualará el valor del segundo autor/a al del primero cuando se indique que los
dos primeros autores han contribuido igualmente al manuscrito. No se valorarán como
autores de una publicación los mencionados en un índice de autores en el apéndice.
c) Cuando por un mismo puesto compitan profesionales con líneas de investigación
en áreas de conocimiento diferentes se ponderará cada revista según el decil/cuartil que
ocupa dentro de su especialidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2.5. Profesor/a de Universidad (el ítem con mayor puntuación excluye a los otros):
máximo 6 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Tutor/a clínico, tutor/a de prácticas profesionales o Profesor/a asociado con plaza
concomitante en la categoría profesional a la que pertenece: 0,5 puntos por año hasta un
máximo de 5 puntos.
b) Profesor/a Titular o Profesor/a Contratado Doctor con plaza vinculada en la
especialidad: 1 punto por año hasta un máximo de 5 puntos.
c) Catedrático/a con plaza vinculada en la especialidad: 1,5 puntos por año hasta un
máximo de 5 puntos.
2.6. Otra docencia universitaria: hasta un máximo de 3 puntos.
Se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por impartir créditos de formación universitaria de post-grado: 0,15 puntos por cada
10 horas, hasta un máximo de 1,5 puntos.
b) Tutoría de trabajos de fin de másteres oficiales: 0,15 puntos por cada alumno
tutelado, hasta un máximo de 1,5 puntos.
2.7. Otra docencia no universitaria: hasta un máximo de 5 puntos.
Tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud,
Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de
los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud de un Convenio o Acuerdo de
Colaboración para la realización de prácticas académicas externas del alumnado
de titulaciones no sanitarias dirigidas a centros docentes públicos o concertados no
universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten ciclos formativos
de grado medio y grado superior de la familia profesional correspondiente a la categoría
profesional a la que pertenece: 0,5 puntos por año.