3. Otras disposiciones. . (2024/199-48)
Orden de 4 de octubre de 2024, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un bien mueble de carácter etnográfico ofrecido por doña Carmen Payán Jiménez
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024
página 52024/2
establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, de Patrimonio de la Comunidad de Andalucía.
Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2
que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura,
materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés
artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en su artículo 42.1 que
forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia
cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1c) del Reglamento de Museos de
titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por el Real Decreto 620/1987,
de 10 de abril, los museos de titularidad estatal admitirán, conforme a su capacidad de
custodia y con la prioridad que a continuación se señala, el depósito de las siguientes
categorías de bienes: c) Bienes pertenecientes a la Comunidad Autónoma gestora del
Museo que ésta decida ingresar.
Quinto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 8/2007, de 5 de octubre,
de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía, los bienes objeto de la donación
se incorporarán a la Colección Museística de Andalucía.
Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud de doña Carmen Payán Jiménez, en
la que se hace constar que el bien que se ofrece es de su titularidad, cumpliéndose lo
previsto en el párrafo tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, acreditado el
valor cultural que presenta el bien que se dona, y que por ello acrecentará el Patrimonio
Histórico de Andalucía mediante su ingreso en el Museo de Artes y Costumbres Populares
de Sevilla y, por ende, su incorporación a la Colección Museística de Andalucía, y de
conformidad con la propuesta de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la donación del bien de carácter etnográfico que se relaciona en el anexo,
dispuesto por doña Carmen Payán Jiménez, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Adscribir y depositar el bien relacionado en el anexo en el Museo de Artes
y Costumbres Populares de Sevilla.
Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Museo de Artes y
Costumbres Populares de Sevilla, se levante acta de recepción definitiva, mencionando la
presente orden de aceptación de la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308973
Sevilla, 4 de octubre de 2024
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024
página 52024/2
establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, de Patrimonio de la Comunidad de Andalucía.
Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2
que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura,
materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés
artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en su artículo 42.1 que
forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia
cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1c) del Reglamento de Museos de
titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por el Real Decreto 620/1987,
de 10 de abril, los museos de titularidad estatal admitirán, conforme a su capacidad de
custodia y con la prioridad que a continuación se señala, el depósito de las siguientes
categorías de bienes: c) Bienes pertenecientes a la Comunidad Autónoma gestora del
Museo que ésta decida ingresar.
Quinto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 8/2007, de 5 de octubre,
de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía, los bienes objeto de la donación
se incorporarán a la Colección Museística de Andalucía.
Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud de doña Carmen Payán Jiménez, en
la que se hace constar que el bien que se ofrece es de su titularidad, cumpliéndose lo
previsto en el párrafo tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, acreditado el
valor cultural que presenta el bien que se dona, y que por ello acrecentará el Patrimonio
Histórico de Andalucía mediante su ingreso en el Museo de Artes y Costumbres Populares
de Sevilla y, por ende, su incorporación a la Colección Museística de Andalucía, y de
conformidad con la propuesta de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la donación del bien de carácter etnográfico que se relaciona en el anexo,
dispuesto por doña Carmen Payán Jiménez, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Adscribir y depositar el bien relacionado en el anexo en el Museo de Artes
y Costumbres Populares de Sevilla.
Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Museo de Artes y
Costumbres Populares de Sevilla, se levante acta de recepción definitiva, mencionando la
presente orden de aceptación de la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308973
Sevilla, 4 de octubre de 2024