3. Otras disposiciones. . (2024/198-36)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se amplían los créditos disponibles para financiar las subvenciones en la convocatoria 2024, reguladas mediante Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y se da publicidad de dicha ampliación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024
página 51815/2
Por ello, de conformidad con la previsión contenida en la precitada Resolución
de 31 de enero de 2024, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para
el Desarrollo, y las demás normas de general aplicación, así como la propuesta de
resolución del subdirector de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes,
RESU ELVO
Segundo. Dar publicidad a la ampliación de los créditos disponibles para financiar
las subvenciones en la convocatoria 2024 reguladas mediante Orden de 21 de junio de
2016, modificada por Orden de 10 de junio de 2020, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales
de Desarrollo, que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo
por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sin que la
misma implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes. Dicho plazo
fue establecido en el apartado sexto del extracto de la precitada orden (BOJA núm. 32,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308763
Primero. Ampliar en cien mil euros (100.000,00 euros), con cargo a la partida
presupuestaria 0152010000 G/82B/48000/00 01 «A familias e instituciones sin fines de
lucro», los créditos disponibles para financiar las subvenciones en la convocatoria 2024
reguladas mediante Orden de 21 de junio de 2016, modificada por Orden de 10 de junio de
2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, que realicen intervenciones de
cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.
La presente ampliación de crédito se realiza de conformidad con lo establecido en
la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2024, por la que se establecen las condiciones específicas a
las que debe ajustarse el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el
ejercicio 2024, ascendiendo la dotación presupuestaria para la convocatoria 2024 a un
importe máximo global de 14.965.816 euros.
La citada dotación presupuestaria ampliada se distribuye en función de las finalidades
de los proyectos en las cuantías que a continuación se especifican:
a) Subvenciones destinadas a proyectos de Cooperación Internacional para el
Desarrollo: 11.224.362,00 euros.
Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los Países Menos
Avanzados de la cooperación andaluza, al menos el 40% de la citada cantidad irá
destinada a financiar proyectos en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui y
Palestina.
b) Subvenciones destinadas a proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia:
1.496.581,60 euros.
Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los Países Menos
Avanzados de la cooperación andaluza, al menos el 50% de la citada cantidad irá
destinada a financiar proyectos en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui y
Palestina (Franja de Gaza, Jerusalén Este y Zona C de Cisjordania).
c) Subvenciones destinadas a proyectos de Educación para el Desarrollo: 1.870.727,00
euros.
d) Subvenciones destinadas a proyectos de Formación, de Investigación y de
Innovación: 374.145,40 euros.
Las dotaciones presupuestarias asignadas a cada una de las finalidades que no
resulten comprometidas podrán acumularse a las restantes, dado el carácter estimativo
de la distribución presupuestaria expuesta.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024
página 51815/2
Por ello, de conformidad con la previsión contenida en la precitada Resolución
de 31 de enero de 2024, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para
el Desarrollo, y las demás normas de general aplicación, así como la propuesta de
resolución del subdirector de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes,
RESU ELVO
Segundo. Dar publicidad a la ampliación de los créditos disponibles para financiar
las subvenciones en la convocatoria 2024 reguladas mediante Orden de 21 de junio de
2016, modificada por Orden de 10 de junio de 2020, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales
de Desarrollo, que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo
por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sin que la
misma implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes. Dicho plazo
fue establecido en el apartado sexto del extracto de la precitada orden (BOJA núm. 32,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308763
Primero. Ampliar en cien mil euros (100.000,00 euros), con cargo a la partida
presupuestaria 0152010000 G/82B/48000/00 01 «A familias e instituciones sin fines de
lucro», los créditos disponibles para financiar las subvenciones en la convocatoria 2024
reguladas mediante Orden de 21 de junio de 2016, modificada por Orden de 10 de junio de
2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, que realicen intervenciones de
cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.
La presente ampliación de crédito se realiza de conformidad con lo establecido en
la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2024, por la que se establecen las condiciones específicas a
las que debe ajustarse el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el
ejercicio 2024, ascendiendo la dotación presupuestaria para la convocatoria 2024 a un
importe máximo global de 14.965.816 euros.
La citada dotación presupuestaria ampliada se distribuye en función de las finalidades
de los proyectos en las cuantías que a continuación se especifican:
a) Subvenciones destinadas a proyectos de Cooperación Internacional para el
Desarrollo: 11.224.362,00 euros.
Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los Países Menos
Avanzados de la cooperación andaluza, al menos el 40% de la citada cantidad irá
destinada a financiar proyectos en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui y
Palestina.
b) Subvenciones destinadas a proyectos de Acción Humanitaria, excepto emergencia:
1.496.581,60 euros.
Con el fin de dar cumplimiento al compromiso de financiación de los Países Menos
Avanzados de la cooperación andaluza, al menos el 50% de la citada cantidad irá
destinada a financiar proyectos en los Países Menos Avanzados, Población Saharaui y
Palestina (Franja de Gaza, Jerusalén Este y Zona C de Cisjordania).
c) Subvenciones destinadas a proyectos de Educación para el Desarrollo: 1.870.727,00
euros.
d) Subvenciones destinadas a proyectos de Formación, de Investigación y de
Innovación: 374.145,40 euros.
Las dotaciones presupuestarias asignadas a cada una de las finalidades que no
resulten comprometidas podrán acumularse a las restantes, dado el carácter estimativo
de la distribución presupuestaria expuesta.