Autoridades y personal. . (2024/198-27)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024
página 51903/8
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra las propuestas de las comisiones de selección, los concursantes podrán
presentar reclamación ante el Sr. Rector en el plazo de 10 días contados a partir del
día siguiente al de la correspondiente publicación. Admitida a trámite la reclamación,
se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada
por una comisión compuesta por miembros elegidos entre Catedráticos de Universidad
pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento conforme a lo establecido en el
artículo 87 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
d) En el caso de discapacitados, certificado oficial acreditativo de poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de que se necesite algún tipo
de adaptación al puesto de trabajo, el candidato propuesto deberá aportar informe del
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308852
10. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Sr. Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza:
Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el
BOE y en el BOJA y comunicado al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza,
momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo
de que se trate.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024
página 51903/8
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra las propuestas de las comisiones de selección, los concursantes podrán
presentar reclamación ante el Sr. Rector en el plazo de 10 días contados a partir del
día siguiente al de la correspondiente publicación. Admitida a trámite la reclamación,
se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada
por una comisión compuesta por miembros elegidos entre Catedráticos de Universidad
pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento conforme a lo establecido en el
artículo 87 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
d) En el caso de discapacitados, certificado oficial acreditativo de poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de que se necesite algún tipo
de adaptación al puesto de trabajo, el candidato propuesto deberá aportar informe del
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308852
10. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Sr. Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza:
Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el
BOE y en el BOJA y comunicado al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza,
momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo
de que se trate.