3. Otras disposiciones. . (2024/198-42)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Palacio de Villalón.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024

página 51865/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Palacio de Villalón.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Palacio de Villalón, sobre la
base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 26.6.2024 tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía
un escrito de la Fundación, solicitando la inscripción de la modificación de sus estatutos
acordada por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículos 13 (Régimen de
funcionamiento del patronato) y 16 (Normas específicas de organización y funcionamiento
de la Comisión Delegada).
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada de la escritura pública
otorgada el 3.6.2024, ante el Notario don Miguel Krauel Alonso del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 1612 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación de los acuerdos del Patronato de
10.11.2023, relativo a la modificación de estatutos, expedida por la secretaria con el visto
bueno del Vicepresidente. Dicha certificación contiene el texto de la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía; el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y en el artículo 30
del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308814

Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.