Disposiciones generales. . (2024/197-3)
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51789/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y
artesano en Andalucía.
El tejido productivo español se caracteriza por el elevado peso de las micropymes
y las personas trabajadoras autónomas, con una menor capacidad de adaptación ante
cambios en los mercados. Andalucía no constituye una excepción a estos efectos y, de
esta forma, de manera concreta en el ámbito de los sectores comercial y artesanal, tanto
pymes como autónomos han mostrado una mayor vulnerabilidad ante la última crisis que
afectó de manera significativa a tales sectores, la derivada de la COVID-19.
El proceso de digitalización global en el que está inmersa la economía andaluza está
derivando en la transformación de actividades económicas y modelos de negocios que
generan una modificación del comportamiento de los agentes económicos y la aparición de
nuevas necesidades en conocimientos, capacidades, medios e infraestructuras digitales.
A pesar del importante esfuerzo que desde la Junta de Andalucía se está llevando a
cabo en los últimos años para la integración de las tecnologías de la información y las
comunicaciones en el tejido empresarial, buena parte del sector comercial y artesano
muestra aún una escasa cultura tecnológica e innovadora.
La digitalización es un factor estratégico para mejorar la competitividad y el
crecimiento económico del sector comercial. Los acontecimientos sucedidos a raíz de
la pandemia originada por la COVID-19 han reforzado aún más la necesidad de explotar
nuevas vías de comercialización y de derribar las barreras existentes que impiden un
desarrollo del negocio más amplio.
Así pues, la actividad comercial en Andalucía debe seguir evolucionando en su
integración hacia las nuevas tecnologías y adaptarse a los cambios en los hábitos de
consumo que muestra la demanda. La tendencia del sector debe ir dirigida a compaginar
el comercio de proximidad con un comercio inteligente, mediante el uso de herramientas y
soluciones que optimicen los procesos comerciales y de venta, ofreciendo a las personas
consumidoras un mercado omnicanal y una experiencia de compra más enriquecedora,
todo ello en un entorno de seguridad que proteja al sector comercial y artesano.
Además de los avances necesarios hacia la transformación digital, las pymes
comerciales y artesanas andaluzas deben implicarse en la adopción de medidas que
mitiguen los efectos producidos por el cambio climático, favoreciendo el desarrollo de
una actividad más sostenible. En este sentido, desde la Administración se debe promover
el comportamiento socialmente responsable de las empresas comerciales y artesanas,
favoreciendo el desarrollo de actuaciones que concilien la competitividad de la actividad
comercial y la protección del medio ambiente, apoyando para ello medidas dirigidas
a la reducción del consumo energético, la producción de residuos o los kilómetros de
distribución, promocionando de esta forma el consumo de productos locales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308738
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
en su artículo 5, y el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en su artículo 1.l),
disponen que le corresponden a esta Consejería, dentro del marco de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma por los artículos 45 y 58 del Estatuto de Autonomía
para Andalucía, las relativas al comercio y a la artesanía, ejerciendo las mismas mediante
la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51789/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y
artesano en Andalucía.
El tejido productivo español se caracteriza por el elevado peso de las micropymes
y las personas trabajadoras autónomas, con una menor capacidad de adaptación ante
cambios en los mercados. Andalucía no constituye una excepción a estos efectos y, de
esta forma, de manera concreta en el ámbito de los sectores comercial y artesanal, tanto
pymes como autónomos han mostrado una mayor vulnerabilidad ante la última crisis que
afectó de manera significativa a tales sectores, la derivada de la COVID-19.
El proceso de digitalización global en el que está inmersa la economía andaluza está
derivando en la transformación de actividades económicas y modelos de negocios que
generan una modificación del comportamiento de los agentes económicos y la aparición de
nuevas necesidades en conocimientos, capacidades, medios e infraestructuras digitales.
A pesar del importante esfuerzo que desde la Junta de Andalucía se está llevando a
cabo en los últimos años para la integración de las tecnologías de la información y las
comunicaciones en el tejido empresarial, buena parte del sector comercial y artesano
muestra aún una escasa cultura tecnológica e innovadora.
La digitalización es un factor estratégico para mejorar la competitividad y el
crecimiento económico del sector comercial. Los acontecimientos sucedidos a raíz de
la pandemia originada por la COVID-19 han reforzado aún más la necesidad de explotar
nuevas vías de comercialización y de derribar las barreras existentes que impiden un
desarrollo del negocio más amplio.
Así pues, la actividad comercial en Andalucía debe seguir evolucionando en su
integración hacia las nuevas tecnologías y adaptarse a los cambios en los hábitos de
consumo que muestra la demanda. La tendencia del sector debe ir dirigida a compaginar
el comercio de proximidad con un comercio inteligente, mediante el uso de herramientas y
soluciones que optimicen los procesos comerciales y de venta, ofreciendo a las personas
consumidoras un mercado omnicanal y una experiencia de compra más enriquecedora,
todo ello en un entorno de seguridad que proteja al sector comercial y artesano.
Además de los avances necesarios hacia la transformación digital, las pymes
comerciales y artesanas andaluzas deben implicarse en la adopción de medidas que
mitiguen los efectos producidos por el cambio climático, favoreciendo el desarrollo de
una actividad más sostenible. En este sentido, desde la Administración se debe promover
el comportamiento socialmente responsable de las empresas comerciales y artesanas,
favoreciendo el desarrollo de actuaciones que concilien la competitividad de la actividad
comercial y la protección del medio ambiente, apoyando para ello medidas dirigidas
a la reducción del consumo energético, la producción de residuos o los kilómetros de
distribución, promocionando de esta forma el consumo de productos locales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308738
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
en su artículo 5, y el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en su artículo 1.l),
disponen que le corresponden a esta Consejería, dentro del marco de las competencias
atribuidas a la Comunidad Autónoma por los artículos 45 y 58 del Estatuto de Autonomía
para Andalucía, las relativas al comercio y a la artesanía, ejerciendo las mismas mediante
la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias.