Autoridades y personal. . (2024/196-22)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y se convocan a concurso público contratos de actividades científico-técnicas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024

página 51361/4

3. Cuantía de los contratos.
3.1. La dotación económica de los contratos será la especificada en el Anexo II para
cada uno de los procesos selectivos.
3.2. Las contrataciones implicarán, además, el alta en el Régimen General de la
Seguridad Social.
4. Efectos de los contratos.
Una vez reunida la Comisión Evaluadora correspondiente y seleccionada la persona
contratada, el contrato surtirá efecto dentro de los veinte días hábiles siguientes a la
fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico Oficial
(https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide. La persona contratada
dispondrá de un máximo de 20 días hábiles desde esta fecha para la firma del contrato
de trabajo.

6. Solicitudes.
6.1. Los/as candidatos/as deberán presentar su solicitud en los quince días siguientes
a la publicación de la presente convocatoria en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
(BOJA).
6.2. Las personas destinatarias de la presente convocatoria están obligadas a
relacionarse electrónicamente con la Universidad para la realización de cualquier trámite
del presente procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del Reglamento por el que se
regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022).
6.3. Conforme al artículo 10.2.a) del Reglamento por el que se regula el uso y
funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla (BOJA núm. 90 de 13 de mayo 2022), la solicitud, que se formalizará en el impreso
normalizado recogido en el Anexo III de esta resolución, así como la documentación
referenciada en el apartado 7.6 que acompañe a ésta, deberán presentarse a través de la
Sede Electrónica de la Universidad Pablo de Olavide
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index
utilizando el procedimiento electrónico denominado «Instancia Genérica»
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/contents/pages/registro_electronico
así como en los restantes registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que
se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.4. Las personas extranjeras que, por no reunir los requisitos exigidos para ello, no
puedan disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada
basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por
prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios
de confianza», estarán exceptuadas en este procedimiento de la obligación de relacionarse
electrónicamente con la Universidad, con base en los apartados 3 y 4 del artículo 4 del
Reglamento por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General
de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022). Por
tanto, podrán presentar su solicitud y la documentación que, en su caso, acompañe a esta,
por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.5. En caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o
festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5. Duración del contrato.
La duración del contrato será la establecida en el Anexo II, en ejecución de las tareas
y en el marco del proyecto de investigación especificados en el mismo.