3. Otras disposiciones. . (2024/196-25)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral, por la que se hacen públicos los formularios normalizados para la solicitud de admisión de nuevos miembros y socios de la Red Eures en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024
página 51674/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de abril de 2016
relativo a una red europea de servicios de empleo (Eures), al acceso de los trabajadores a
los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de trabajo y por el que
se modifican los Reglamentos (UE) núm. 492/2011 y (UE) núm. 1296/2013, establece la
ampliación de la Red Eures a nuevos miembros y socios con objeto de mejorar la eficiencia
en la prestación de servicios y contribuir a generar formas innovadoras de aprendizaje y
cooperación, incluidas normas de calidad para las ofertas de empleo y los servicios de
apoyo a nivel nacional, regional, local y transfronterizo.
Con la publicación del Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el
Sistema Nacional de Admisión (SNA) de miembros y socios de la Red Eures en España,
se establece que cualquier organización pública o privada, incluidos los servicios de
empleo, organizaciones del tercer sector, así como los interlocutores sociales, pueden
convertirse en miembro o socio de Eures, especificándose que para ser miembro, será
necesario tener la condición de agencia de colocación conforme a la normativa vigente.
Asimismo, el citado Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, especifica en su artículo
3.1 que los responsables de conceder la autorización a las organizaciones que soliciten
ser socios y miembros de Eures son los Servicios Públicos de Empleo de la comunidad
autónoma donde la entidad solicitante tengan su sede social.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Agencia Servicio Andaluz de Empleo
es el órgano gestor de la política de empleo de la Junta de Andalucía, y tiene asignadas
entre otras funciones: la intermediación laboral, el registro de demandantes de empleo,
la recepción de comunicación de contratos y la gestión de la Red Eures en Andalucía, en
virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación
del Servicio Andaluz de Empleo .
Por su parte, el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, determina en su
artículo 14, que compete a la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral,
en general, el impulso, coordinación, planificación y seguimiento de las funciones de
intermediación y orientación laboral que corresponden al Servicio Andaluz de Empleo,
con la finalidad de contribuir a la mejora de empleabilidad de las personas demandantes
de empleo, y la asistencia en el proceso de búsqueda y acceso a un empleo, y a la
gestión de vacantes ofertadas por las entidades empleadoras, para lo cual la información
y tratamiento de la misma será un elemento clave.
Asimismo, y en particular, en esta Dirección General se residencia la competencia
para la definición y coordinación de las actuaciones de atención a las entidades
empleadoras en relación con sus necesidades de recursos humanos, con la recepción
y difusión de las ofertas de empleo, la captación de personas candidatas adecuadas y la
prestación de servicios de intermediación laboral para su puesta en contacto con fines
a su contratación, así como el apoyo a los procesos de recolocación en los supuestos
legalmente previstos.
El procedimiento para la tramitación de las solicitudes de admisión como nuevo
miembro o socio de la Red Eures, ha precisado de la normalización e inscripción de
los formularios correspondientes. En este sentido, su puesta en marcha requiere de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308623
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Intermediación
y Orientación Laboral, por la que se hacen públicos los formularios normalizados
para la solicitud de admisión de nuevos miembros y socios de la Red Eures en
Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024
página 51674/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de abril de 2016
relativo a una red europea de servicios de empleo (Eures), al acceso de los trabajadores a
los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de trabajo y por el que
se modifican los Reglamentos (UE) núm. 492/2011 y (UE) núm. 1296/2013, establece la
ampliación de la Red Eures a nuevos miembros y socios con objeto de mejorar la eficiencia
en la prestación de servicios y contribuir a generar formas innovadoras de aprendizaje y
cooperación, incluidas normas de calidad para las ofertas de empleo y los servicios de
apoyo a nivel nacional, regional, local y transfronterizo.
Con la publicación del Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el
Sistema Nacional de Admisión (SNA) de miembros y socios de la Red Eures en España,
se establece que cualquier organización pública o privada, incluidos los servicios de
empleo, organizaciones del tercer sector, así como los interlocutores sociales, pueden
convertirse en miembro o socio de Eures, especificándose que para ser miembro, será
necesario tener la condición de agencia de colocación conforme a la normativa vigente.
Asimismo, el citado Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, especifica en su artículo
3.1 que los responsables de conceder la autorización a las organizaciones que soliciten
ser socios y miembros de Eures son los Servicios Públicos de Empleo de la comunidad
autónoma donde la entidad solicitante tengan su sede social.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Agencia Servicio Andaluz de Empleo
es el órgano gestor de la política de empleo de la Junta de Andalucía, y tiene asignadas
entre otras funciones: la intermediación laboral, el registro de demandantes de empleo,
la recepción de comunicación de contratos y la gestión de la Red Eures en Andalucía, en
virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación
del Servicio Andaluz de Empleo .
Por su parte, el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, determina en su
artículo 14, que compete a la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral,
en general, el impulso, coordinación, planificación y seguimiento de las funciones de
intermediación y orientación laboral que corresponden al Servicio Andaluz de Empleo,
con la finalidad de contribuir a la mejora de empleabilidad de las personas demandantes
de empleo, y la asistencia en el proceso de búsqueda y acceso a un empleo, y a la
gestión de vacantes ofertadas por las entidades empleadoras, para lo cual la información
y tratamiento de la misma será un elemento clave.
Asimismo, y en particular, en esta Dirección General se residencia la competencia
para la definición y coordinación de las actuaciones de atención a las entidades
empleadoras en relación con sus necesidades de recursos humanos, con la recepción
y difusión de las ofertas de empleo, la captación de personas candidatas adecuadas y la
prestación de servicios de intermediación laboral para su puesta en contacto con fines
a su contratación, así como el apoyo a los procesos de recolocación en los supuestos
legalmente previstos.
El procedimiento para la tramitación de las solicitudes de admisión como nuevo
miembro o socio de la Red Eures, ha precisado de la normalización e inscripción de
los formularios correspondientes. En este sentido, su puesta en marcha requiere de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308623
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Intermediación
y Orientación Laboral, por la que se hacen públicos los formularios normalizados
para la solicitud de admisión de nuevos miembros y socios de la Red Eures en
Andalucía.