Disposiciones generales. . (2024/196-5)
Extracto de la Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan becas y ayudas para la Residencia Universitaria, curso 2024/2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024
página 51742/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Universidad de Huelva,
por la que se convocan becas y ayudas para la Residencia Universitaria, curso
2024/2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 788674.
Primero. Convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es por una parte conceder una plaza en la Residencia
Universitaria en régimen de pensión completa durante el curso 2024-25.
En el caso de los beneficiarios, la beca supondrá la participación en la convocatoria
de ayudas de matrícula de la Universidad de Huelva, así como la exención de acreditar
el cumplimiento de otros requisitos para la obtención de la ayuda que se establezca en
dicha convocatoria.
Quedarán excluidas las personas solicitantes que:
- No reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- Estén cursando una segunda titulación que no sea de nivel académico superior a la
previamente finalizada.
Se tendrá por desistidos de su solicitud conforme a lo previsto en el artículo 68.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre), aquellos solicitantes que no consignen
en la solicitud los datos básicos, o no aporten la documentación necesaria.
Si fuera necesario, se requerirá al solicitante que subsane las deficiencias en la
documentación aportada en el plazo de diez días, según lo dispuesto en el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre). Transcurrido este plazo sin que el
interesado aporte la documentación requerida, se tendrá al solicitante por desistido.
Se establece la siguiente modalidad de becas para grado y máster:
- Modalidad Beca en la Residencia Universitaria: Supone la concesión de una plaza
en régimen de pensión completa durante el curso académico para estudiantes cuya
situación socioeconómica sea alguna de las contempladas, y establecida la prelación
entre solicitudes, se sitúe en el número de orden suficiente para optar a dicha ayuda.
Tercero. Personas beneficiarias.
Dentro del ámbito de las personas en situación desfavorecida, o en riesgo de
exclusión social, merecen especial atención aquellos estudiantes procedentes de países
en los que existe un conflicto bélico, los que carecen de la estructura familiar básica o
que, por diversas razones, no cuentan con el apoyo de su familia, estando actualmente
bajo tutela de la Junta de Andalucía o habiendo sido tutelados hasta su mayoría de edad
por la Administración Autonómica Andaluza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308691
Segundo. Bases reguladoras.
Resolución Rectoral 18/2022, de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de
Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y
ayudas al alumnado de grado y máster de la Universidad de Huelva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024
página 51742/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Universidad de Huelva,
por la que se convocan becas y ayudas para la Residencia Universitaria, curso
2024/2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 788674.
Primero. Convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es por una parte conceder una plaza en la Residencia
Universitaria en régimen de pensión completa durante el curso 2024-25.
En el caso de los beneficiarios, la beca supondrá la participación en la convocatoria
de ayudas de matrícula de la Universidad de Huelva, así como la exención de acreditar
el cumplimiento de otros requisitos para la obtención de la ayuda que se establezca en
dicha convocatoria.
Quedarán excluidas las personas solicitantes que:
- No reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- Estén cursando una segunda titulación que no sea de nivel académico superior a la
previamente finalizada.
Se tendrá por desistidos de su solicitud conforme a lo previsto en el artículo 68.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre), aquellos solicitantes que no consignen
en la solicitud los datos básicos, o no aporten la documentación necesaria.
Si fuera necesario, se requerirá al solicitante que subsane las deficiencias en la
documentación aportada en el plazo de diez días, según lo dispuesto en el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre). Transcurrido este plazo sin que el
interesado aporte la documentación requerida, se tendrá al solicitante por desistido.
Se establece la siguiente modalidad de becas para grado y máster:
- Modalidad Beca en la Residencia Universitaria: Supone la concesión de una plaza
en régimen de pensión completa durante el curso académico para estudiantes cuya
situación socioeconómica sea alguna de las contempladas, y establecida la prelación
entre solicitudes, se sitúe en el número de orden suficiente para optar a dicha ayuda.
Tercero. Personas beneficiarias.
Dentro del ámbito de las personas en situación desfavorecida, o en riesgo de
exclusión social, merecen especial atención aquellos estudiantes procedentes de países
en los que existe un conflicto bélico, los que carecen de la estructura familiar básica o
que, por diversas razones, no cuentan con el apoyo de su familia, estando actualmente
bajo tutela de la Junta de Andalucía o habiendo sido tutelados hasta su mayoría de edad
por la Administración Autonómica Andaluza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308691
Segundo. Bases reguladoras.
Resolución Rectoral 18/2022, de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de
Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y
ayudas al alumnado de grado y máster de la Universidad de Huelva.