3. Otras disposiciones. . (2024/195-30)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51646/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Las Administraciones Públicas son competentes para establecer la ordenación del tiempo
de trabajo del personal a su servicio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 47
y 51 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Mediante Resolución de 6 de octubre de 2005, de la Dirección General de Gestión de
Recursos Humanos, se aprobó el Manual para la gestión del cumplimiento de la jornada
y horarios en los Centros Públicos de Educación y Servicios Educativos dependientes
de la entonces Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, hasta ahora vigente.
Desde su aprobación hasta la fecha actual, se han ido produciendo importantes
cambios normativos sobre la materia objeto del mismo que, unidos a las innovaciones
tecnológicas que se han implantado progresivamente en las Administraciones Públicas,
hacen necesaria la confección de un nuevo Manual para la gestión del cumplimiento de
jornadas y horarios del personal que presta servicios en los centros docentes públicos y
servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería competente en materia
de educación. Estos cambios normativos y tecnológicos en sí mismos justifican la
necesidad de la publicación de un nuevo Manual, a lo que debe unirse la línea estratégica
que impulsa esta Consejería de optimizar los recursos tecnológicos existentes para
reducir la burocracia improductiva y facilitar la tarea de docentes y de equipos directivos.
En consonancia con lo anterior, uno de los avances más significativos vividos en la
comunidad educativa de Andalucía ha sido el desarrollo tecnológico de lo previsto en el
apartado 1 de la disposición final undécima de la Ley 1/2008, de 27 de noviembre, de
medidas tributarias y financieras de impulso a la actividad económica de Andalucía, y de
agilización de procedimientos administrativos, según el cual «La Administración educativa
establecerá un sistema de información para la gestión telemática de los centros docentes,
servicios, programas y actividades del sistema educativo andaluz, de acuerdo con lo que
reglamentariamente se determine».
Además, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su
artículo 151 establece determinados servicios que debe prestar la Administración
educativa a través de medios electrónicos entre los que incluye los procedimientos que
realizan los miembros de la comunidad educativa, particularmente el profesorado. En
desarrollo de tal previsión legal se dictó el Decreto 285/2010, de 11 de mayo por el que se
regula el Sistema de Información Séneca que establece, entre uno de sus objetivos «dar
soporte a los procesos de gestión, cesión e intercambio de información entre los centros
docentes, los servicios de apoyo a la educación, la inspección educativa y las unidades,
servicios y órganos administrativos de la Consejería competente en materia de educación
y sus entidades instrumentales». Por tanto, se trata de un Sistema de Información que
asegura la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y conservación de los
datos que gestiona, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del citado decreto.
Asimismo, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 14 el derecho y la obligación
de los empleados públicos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308595
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual
para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes
públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con
competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51646/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Las Administraciones Públicas son competentes para establecer la ordenación del tiempo
de trabajo del personal a su servicio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 47
y 51 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Mediante Resolución de 6 de octubre de 2005, de la Dirección General de Gestión de
Recursos Humanos, se aprobó el Manual para la gestión del cumplimiento de la jornada
y horarios en los Centros Públicos de Educación y Servicios Educativos dependientes
de la entonces Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, hasta ahora vigente.
Desde su aprobación hasta la fecha actual, se han ido produciendo importantes
cambios normativos sobre la materia objeto del mismo que, unidos a las innovaciones
tecnológicas que se han implantado progresivamente en las Administraciones Públicas,
hacen necesaria la confección de un nuevo Manual para la gestión del cumplimiento de
jornadas y horarios del personal que presta servicios en los centros docentes públicos y
servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería competente en materia
de educación. Estos cambios normativos y tecnológicos en sí mismos justifican la
necesidad de la publicación de un nuevo Manual, a lo que debe unirse la línea estratégica
que impulsa esta Consejería de optimizar los recursos tecnológicos existentes para
reducir la burocracia improductiva y facilitar la tarea de docentes y de equipos directivos.
En consonancia con lo anterior, uno de los avances más significativos vividos en la
comunidad educativa de Andalucía ha sido el desarrollo tecnológico de lo previsto en el
apartado 1 de la disposición final undécima de la Ley 1/2008, de 27 de noviembre, de
medidas tributarias y financieras de impulso a la actividad económica de Andalucía, y de
agilización de procedimientos administrativos, según el cual «La Administración educativa
establecerá un sistema de información para la gestión telemática de los centros docentes,
servicios, programas y actividades del sistema educativo andaluz, de acuerdo con lo que
reglamentariamente se determine».
Además, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su
artículo 151 establece determinados servicios que debe prestar la Administración
educativa a través de medios electrónicos entre los que incluye los procedimientos que
realizan los miembros de la comunidad educativa, particularmente el profesorado. En
desarrollo de tal previsión legal se dictó el Decreto 285/2010, de 11 de mayo por el que se
regula el Sistema de Información Séneca que establece, entre uno de sus objetivos «dar
soporte a los procesos de gestión, cesión e intercambio de información entre los centros
docentes, los servicios de apoyo a la educación, la inspección educativa y las unidades,
servicios y órganos administrativos de la Consejería competente en materia de educación
y sus entidades instrumentales». Por tanto, se trata de un Sistema de Información que
asegura la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y conservación de los
datos que gestiona, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del citado decreto.
Asimismo, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 14 el derecho y la obligación
de los empleados públicos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308595
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual
para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes
públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con
competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía