3. Otras disposiciones. . (2024/195-32)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se otorga la condición de agrupación de productores reconocida a los órganos de gestión de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de Andalucía, de conformidad con la normativa europea.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024

página 51616/2

Cuarto. Los órganos de gestión reconocidos en Andalucía antes del 13 de mayo de
2024, son los enumerados en el Anexo I de esta resolución a efectos de otorgarles la
condición de agrupación de productores reconocida de conformidad con el artículo 33.7
del citado Reglamento, habiendo presentado la correspondiente previa solicitud de
reconocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 de dicho artículo.
Quinto. La Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria
es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo previsto en
los artículos 48.3 y 83 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y con el artículo 12
del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el
Decreto 165/2024, de 26 de agosto.
En virtud de lo anteriormente expuesto,
RESU ELVO
Primero. Otorgar la condición de agrupación de productores reconocida a los órganos
de gestión de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de
Andalucía que figuran en el Anexo I de esta resolución, al amparo del artículo 33.7 del
Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024.
Segundo. Dar traslado de esta resolución al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en unión de las direcciones actuales de los órganos de gestión afectados,
al objeto de que pueda procederse a la comunicación establecida en el artículo 33.8 del
citado Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril
de 2024.
Tercero. La agrupación de productores aquí reconocida será la única agrupación de
productores que tenga derecho a desempeñar las tareas establecidas en el artículo 33.4
a) y b) del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de
abril de 2024.
Cuarto. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», ante el titular de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de conformidad con lo
previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 23 de septiembre de 2024.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.

LISTA DE LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN
PROTEGIDAS (DOP) E INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS (IGP) DE
ANDALUCÍA A LOS QUE SE OTORGA LA CONDICIÓN DE AGRUPACIÓN DE
PRODUCTORES RECONOCIDA
- Consejo Regulador de la DOP « Aceituna Aloreña de Málaga».
- Consejo Regulador de la DOP «Aceite de Lucena».
- Consejo Regulador de la IGP «Aceite de Jaén».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308565

ANEXO I