Autoridades y personal. . (2024/195-11)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera en el Cuerpo Técnico de Grado Medio de la Junta de Andalucía, opción Ingeniería Técnica de Obras Públicas, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022, en proceso de acceso libre mediante el sistema de concurso-oposición.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51662/2
Tercero. La toma de posesión deberán efectuarla ante las Secretarías Generales
Técnicas de las Consejerías y Secretarías Generales u órganos asimilados de las
Agencias para destinos en los Servicios Centrales, y ante las Secretarías Generales de
las Delegaciones, Direcciones Provinciales u órganos asimilados de las Agencias, para
los destinos de los servicios periféricos, en el plazo de un mes, contado a partir del día 11
de octubre de 2024.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
Organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Quinto. El centro directivo en el que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, según
Anexo I adjunto, tramitará por el Sistema de Información de Recursos Humanos la toma
de posesión ante el Registro General de Personal, de conformidad con la Orden de 24 de
septiembre de 1999, de la entonces Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se
adopta la aplicación del SIRhUS.
Sexto. Si durante la tramitación del proceso de toma de posesión se produce la
modificación de las estructuras orgánicas de la Administración de la Junta de Andalucía
o la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve
el cambio de la adscripción orgánica del puesto de trabajo relacionado en el Anexo I
adjunto, la presente resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar dicho
puesto adscrito al nuevo centro de destino.
En todos los casos establecidos en el apartado anterior, la toma de posesión se
realizará ante órgano al que le corresponda la competencia con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 24 del Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00308611
Sevilla, 2 de octubre de 2024.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51662/2
Tercero. La toma de posesión deberán efectuarla ante las Secretarías Generales
Técnicas de las Consejerías y Secretarías Generales u órganos asimilados de las
Agencias para destinos en los Servicios Centrales, y ante las Secretarías Generales de
las Delegaciones, Direcciones Provinciales u órganos asimilados de las Agencias, para
los destinos de los servicios periféricos, en el plazo de un mes, contado a partir del día 11
de octubre de 2024.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
Organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Quinto. El centro directivo en el que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, según
Anexo I adjunto, tramitará por el Sistema de Información de Recursos Humanos la toma
de posesión ante el Registro General de Personal, de conformidad con la Orden de 24 de
septiembre de 1999, de la entonces Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se
adopta la aplicación del SIRhUS.
Sexto. Si durante la tramitación del proceso de toma de posesión se produce la
modificación de las estructuras orgánicas de la Administración de la Junta de Andalucía
o la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve
el cambio de la adscripción orgánica del puesto de trabajo relacionado en el Anexo I
adjunto, la presente resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar dicho
puesto adscrito al nuevo centro de destino.
En todos los casos establecidos en el apartado anterior, la toma de posesión se
realizará ante órgano al que le corresponda la competencia con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 24 del Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00308611
Sevilla, 2 de octubre de 2024.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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