3. Otras disposiciones. . (2024/195-35)
Resolución de 1 octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las solicitudes de Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional acreditados por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud o Agencias Administrativas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024

página 51601/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 1 octubre de 2024, de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las solicitudes de
Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional acreditados por
profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de
Salud o Agencias Administrativas.
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 18 de julio de 2006, del Consejo
de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de 16 de mayo de 2006, de la Mesa
Sectorial de Negociación de Sanidad, sobre política de personal, para el periodo 2006
a 2008 y como desarrollo del procedimiento de Homologación se aprueba la Resolución
de 22 de febrero de 2008, de la entonces denominada Dirección General de Personal y
Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que inicia el procedimiento
para la Homologación de los niveles de Carrera Profesional acreditados por profesionales
licenciados y diplomados sanitarios procedentes de otros servicios de salud.
Posteriormente, debido a la necesidad de adaptación de la carrera profesional, se
lleva a cabo el Acuerdo de 19 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de fecha 18 de
abril de 2022, por el que se adoptan tres aspectos retributivos estratégicos: Revisión del
modelo de carrera incluyendo las categorías que actualmente no la tienen desarrollada,
subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del concepto retributivo
de continuidad asistencial en atención primaria para el personal médico, por el que se
modifica el anterior acuerdo. Una de las novedades de dicho acuerdo es la remuneración
del Nivel I que hasta la fecha carecía de reconocimiento retribuido, pasando a tener el
sistema de carrera/desarrollo profesional 5 niveles todos ellos retribuidos.
Así pues debido a las modificaciones indicadas y la normativa de desarrollo del
mismo se hizo necesario una adaptación de la ya desfasada Resolución de 22 de febrero
de 2008, a las circunstancias actuales, que den cabida a las situaciones que se están
produciendo dentro del nuevo ámbito normativo, que dio lugar a la Resolución de 7 de
febrero de 2024, por la que se regula el procedimiento de Homologación de los niveles
de Carrera/Desarrollo Profesional acreditados por profesionales del Servicio Andaluz de
Salud procedentes de otros Servicios de Salud u otras Agencias Administrativas.
En uso de las atribuciones que tiene conferidas esta Dirección General de Personal
en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre,
(BOJA extraordinario núm. 16, miércoles, 4 de septiembre de 2024) y su corrección de
errores publicada en BOJA número 182, de 18 de septiembre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, disponiéndose, en su
disposición derogatoria única, la derogación del anterior Decreto 156/2022, de 9 de
agosto, por el que se establecía la estructura orgánica de la misma Consejería,

Primero. Aprobar los listados de profesionales que han solicitado la Homologación
del nivel de Carrera Profesional acreditado por otro Servicio de Salud o Agencia
Administrativas, correspondiente a las solicitudes presentadas desde el día 1 de enero de
2024 al 31 de julio de 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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