3. Otras disposiciones. . (2024/194-27)
Orden de 25 de septiembre de 2024, por la que se aprueba una nueva denominación específica para el colegio de educación infantil y primaria «Juan Armario» de Alcalá de los Gazules (Cádiz).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 4 de octubre de 2024

página 51484/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 25 de septiembre de 2024, por la que se aprueba una nueva
denominación específica para el colegio de educación infantil y primaria «Juan
Armario» de Alcalá de los Gazules (Cádiz).
El artículo 18 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los
colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los
centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010,
de 13 de julio, establece que los centros docentes a los que resulta de aplicación dicho
Reglamento, dependientes de la Consejería competente en materia de educación,
tendrán la denominación específica que apruebe esta Consejería a propuesta del
Consejo Escolar del centro, con el informe favorable del Ayuntamiento.
En su virtud, visto el expediente de solicitud de nueva denominación específica para el
colegio de educación infantil y primaria «Juan Armario», con código 11000010, de Alcalá
de los Gazules (Cádiz), remitido por la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, y a
propuesta del Director General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada,
DISPONGO
Primero. Aprobar la nueva denominación específica de «Al-Kalat» para el colegio
de educación infantil y primaria «Juan Armario», con código 11000010 y domicilio en
Avda. San Antonio, s/n, de Alcalá de los Gazules (Cádiz).
Segundo. La denominación específica aprobada se inscribirá en el Registro de
Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que
se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido
en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 25 de septiembre de 2024