Autoridades y personal. . (2024/193-15)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía para personas con discapacidad intelectual, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51473/2
las Delegaciones, Direcciones Provinciales u órganos asimilados de las Agencias, para
los destinos de los servicios periféricos, en el plazo de un mes, contado a partir del día 09
de octubre de 2024.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
Organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Quinto. Los Centros Directivos en los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada
a cada persona funcionaria, según Anexo I adjunto, tramitarán por el Sistema de
Información de Recursos Humanos la toma de posesión ante el Registro General de
Personal, de conformidad con la Orden de 24 de septiembre de 1999, de la entonces
Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.
Sexto. Si durante la tramitación del proceso de toma de posesión se produce la
modificación de las estructuras orgánicas de la Administración de la Junta de Andalucía o
la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve el
cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo relacionados en el
Anexo I adjunto, la presente resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar
dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino.
En todos los casos establecidos en el apartado anterior, la toma de posesión se
realizará ante el órgano al que le corresponda la competencia con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 24 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante los órganos judiciales de esta orden, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00308422
Sevilla, 30 de septiembre de 2024.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51473/2
las Delegaciones, Direcciones Provinciales u órganos asimilados de las Agencias, para
los destinos de los servicios periféricos, en el plazo de un mes, contado a partir del día 09
de octubre de 2024.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
Organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Quinto. Los Centros Directivos en los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada
a cada persona funcionaria, según Anexo I adjunto, tramitarán por el Sistema de
Información de Recursos Humanos la toma de posesión ante el Registro General de
Personal, de conformidad con la Orden de 24 de septiembre de 1999, de la entonces
Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.
Sexto. Si durante la tramitación del proceso de toma de posesión se produce la
modificación de las estructuras orgánicas de la Administración de la Junta de Andalucía o
la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve el
cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo relacionados en el
Anexo I adjunto, la presente resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar
dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino.
En todos los casos establecidos en el apartado anterior, la toma de posesión se
realizará ante el órgano al que le corresponda la competencia con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 24 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante los órganos judiciales de esta orden, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00308422
Sevilla, 30 de septiembre de 2024.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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