Disposiciones generales. . (2024/193-3)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la Convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51471/2
aplicar lo dispuesto en el apartado duodécimo de la citada resolución en el sentido de
que se expone a continuación.
En el vinculante de las partidas presupuestarias con la que se financian las
subvenciones convocadas por la Resolución de 2 de mayo de 2024, existe crédito
disponible y suficiente, por lo que procede declarar un nuevo crédito con objeto de
atender un mayor número de solicitudes de las distintas entidades locales afectadas
por los distintos fenómenos acaecidos en nuestro territorio en el periodo indicado en
la convocatoria, todo ello entre las entidades que reúnan los requisitos exigidos en la
normativa aplicable.
En el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se establece que
la declaración del aumento del crédito se publicará por el órgano concedente en el mismo
medio que la convocatoria, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo
plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para
adoptar y notificar la resolución correspondiente. Por todo ello, de conformidad con la
normativa citada, así como la de general aplicación,
RESU ELVO
Primero. Ampliar en 95.436,19 euros el crédito disponible en la partida 2100.01.00.00
G/81A/4640000, los cuales determinan la disponibilidad presupuestaria establecida en la
Resolución de de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Administración Local,
por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones previstas en la Orden de
18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para
la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del
acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del
ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía para su general conocimiento.
00308420
Sevilla, 27 de septiembre de 2024.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51471/2
aplicar lo dispuesto en el apartado duodécimo de la citada resolución en el sentido de
que se expone a continuación.
En el vinculante de las partidas presupuestarias con la que se financian las
subvenciones convocadas por la Resolución de 2 de mayo de 2024, existe crédito
disponible y suficiente, por lo que procede declarar un nuevo crédito con objeto de
atender un mayor número de solicitudes de las distintas entidades locales afectadas
por los distintos fenómenos acaecidos en nuestro territorio en el periodo indicado en
la convocatoria, todo ello entre las entidades que reúnan los requisitos exigidos en la
normativa aplicable.
En el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se establece que
la declaración del aumento del crédito se publicará por el órgano concedente en el mismo
medio que la convocatoria, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo
plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para
adoptar y notificar la resolución correspondiente. Por todo ello, de conformidad con la
normativa citada, así como la de general aplicación,
RESU ELVO
Primero. Ampliar en 95.436,19 euros el crédito disponible en la partida 2100.01.00.00
G/81A/4640000, los cuales determinan la disponibilidad presupuestaria establecida en la
Resolución de de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Administración Local,
por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones previstas en la Orden de
18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para
la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del
acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del
ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía para su general conocimiento.
00308420
Sevilla, 27 de septiembre de 2024.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja