Disposiciones generales. . (2024/193-1)
Orden de 30 de septiembre de 2024, por la que se amplia el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden de 16 de julio de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1) (BOJA núm. 143, de 24.7.2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51485/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 30 de septiembre de 2024, por la que se amplia el plazo de
presentación de solicitudes previsto en la Orden de 16 de julio de 2024, por
la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de
24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el
apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa
de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1) (BOJA núm. 143,
de 24.7.2024).
La Orden de 16 de julio de 2024, por la que se convocan para 2024 las ayudas previstas
en la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras
de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo
a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo
Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1), establece que el plazo de presentación
de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No obstante, el mes de
agosto será inhábil, a los efectos del cómputo de plazos establecidos para el cumplimiento
de los trámites previstos en la Orden de 24 deseptiembre de 2020.
No obstante, recientemente se ha visto la conveniencia de corregir determinados
Indicadores Técnico Económicos y Precios de referencia previstos en la citada Orden de
16 de julio de 2024. Dado que los nuevos Indicadores Técnico Económicos tienen una
incidencia directa en la viabilidad de los planes de mejora a presentar por parte de los
potenciales beneficiarios, se estima oportuno prorrogar el plazo establecido, a los efectos
de que las personas solicitantes que pudieran verse afectadas por esta corrección
realicen, en su caso, las modificaciones oportunas en su solicitud.
El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración,
salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los interesados, una
ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las
circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Por todo lo expuesto, en el ejercicio de las competencias que me atribuye el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de conformidad con lo previsto
en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el
Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
Primero. Ampliar, por 10 días hábiles, hasta el día 18 de octubre de 2024 inclusive,
el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden de 16 de julio de 2024, por
la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 24 de
septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones
en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2020 (submedida 4.1).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308433
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51485/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 30 de septiembre de 2024, por la que se amplia el plazo de
presentación de solicitudes previsto en la Orden de 16 de julio de 2024, por
la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de
24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el
apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa
de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1) (BOJA núm. 143,
de 24.7.2024).
La Orden de 16 de julio de 2024, por la que se convocan para 2024 las ayudas previstas
en la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras
de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo
a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo
Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1), establece que el plazo de presentación
de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No obstante, el mes de
agosto será inhábil, a los efectos del cómputo de plazos establecidos para el cumplimiento
de los trámites previstos en la Orden de 24 deseptiembre de 2020.
No obstante, recientemente se ha visto la conveniencia de corregir determinados
Indicadores Técnico Económicos y Precios de referencia previstos en la citada Orden de
16 de julio de 2024. Dado que los nuevos Indicadores Técnico Económicos tienen una
incidencia directa en la viabilidad de los planes de mejora a presentar por parte de los
potenciales beneficiarios, se estima oportuno prorrogar el plazo establecido, a los efectos
de que las personas solicitantes que pudieran verse afectadas por esta corrección
realicen, en su caso, las modificaciones oportunas en su solicitud.
El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración,
salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los interesados, una
ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las
circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Por todo lo expuesto, en el ejercicio de las competencias que me atribuye el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de conformidad con lo previsto
en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el
Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
Primero. Ampliar, por 10 días hábiles, hasta el día 18 de octubre de 2024 inclusive,
el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden de 16 de julio de 2024, por
la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 24 de
septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones
en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2020 (submedida 4.1).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308433
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