Autoridades y personal. . (2024/192-26)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el nombramiento de personal funcionario de carrera en ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51352/2
proceso selectivo, ordenado en función de la puntuación obtenida tanto en fase de
oposición como en fase de baremación de méritos, de fecha 20 de diciembre de 2019, y
del que se deduce que el recurrente obtuvo un total de 111,200 puntos, lo que le sitúa en
el número de orden 3 del listado de personas aprobadas con plaza.
Sexto. Posteriormente, se ha presentado, con fecha 20 de septiembre de 2024, por
don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, la correspondiente documentación haciendo
constar expresamente en el Anexo II de petición de destino su conformidad con el
puesto de trabajo con código 953620, Titulado de Grado Medio, adscrito a la Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, al que se
hacía referencia en el Anexo I que fue remitido al recurrente con fecha 9 de septiembre
de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2.q) del Decreto 164/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, la competencia para disponer el
cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales en aquellos procedimientos
en que sea parte la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en
materia general de Función Pública y que afectan al ámbito funcional de competencias de
la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se atribuye a la persona
titular de esta Dirección General.
Segundo. Asimismo, el citado Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, en su artículo 12, apartado 1.c), dispone:
«1. A la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, así como las siguientes competencias:
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Cuarto. Por otra parte, se debe tener en cuenta lo previsto en la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024,
(BOJA núm. 248, de 29 de diciembre), que, en el mismo sentido que las anteriores leyes
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, manifiesta en su artículo 23,
apartado 4, que «las retribuciones de cualquier clase que hayan de abonarse con carácter
retroactivo al personal deberán hacerse efectivas por el organismo o centro bajo cuya
dependencia orgánica y económica se encuentre adscrito cada puesto de trabajo al que
hayan de imputarse los atrasos, en el momento de hacer efectivo el abono».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308301
Tercero. En el artículo 24, en su apartado 2.º, del Reglamento General de Ingreso,
promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 2/2002, de 9 de enero, se puntualiza que:
«2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.»
BOJA
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51352/2
proceso selectivo, ordenado en función de la puntuación obtenida tanto en fase de
oposición como en fase de baremación de méritos, de fecha 20 de diciembre de 2019, y
del que se deduce que el recurrente obtuvo un total de 111,200 puntos, lo que le sitúa en
el número de orden 3 del listado de personas aprobadas con plaza.
Sexto. Posteriormente, se ha presentado, con fecha 20 de septiembre de 2024, por
don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, la correspondiente documentación haciendo
constar expresamente en el Anexo II de petición de destino su conformidad con el
puesto de trabajo con código 953620, Titulado de Grado Medio, adscrito a la Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, al que se
hacía referencia en el Anexo I que fue remitido al recurrente con fecha 9 de septiembre
de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2.q) del Decreto 164/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, la competencia para disponer el
cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales en aquellos procedimientos
en que sea parte la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en
materia general de Función Pública y que afectan al ámbito funcional de competencias de
la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se atribuye a la persona
titular de esta Dirección General.
Segundo. Asimismo, el citado Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, en su artículo 12, apartado 1.c), dispone:
«1. A la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, así como las siguientes competencias:
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Cuarto. Por otra parte, se debe tener en cuenta lo previsto en la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024,
(BOJA núm. 248, de 29 de diciembre), que, en el mismo sentido que las anteriores leyes
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, manifiesta en su artículo 23,
apartado 4, que «las retribuciones de cualquier clase que hayan de abonarse con carácter
retroactivo al personal deberán hacerse efectivas por el organismo o centro bajo cuya
dependencia orgánica y económica se encuentre adscrito cada puesto de trabajo al que
hayan de imputarse los atrasos, en el momento de hacer efectivo el abono».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308301
Tercero. En el artículo 24, en su apartado 2.º, del Reglamento General de Ingreso,
promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 2/2002, de 9 de enero, se puntualiza que:
«2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.»