Autoridades y personal. . (2024/192-31)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de carácter directivo de Subdirección Económico Administrativa y Servicios Generales en el Hospital Universitario Virgen del Rocío.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024

página 51379/2

Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los
aspirantes consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido
además deberá ir relacionado con las siguientes materias:
- Recursos TIC de la provincia de Sevilla.
- Estrategias TIC definidas por la Subdirección TIC del Servicio Andaluz de Salud.
- Uso de las Tecnologías en el funcionamiento del Sistema Sanitario Público de
Andalucía y en la mejora de la prestación de la asistencia sanitaria en la provincia.
- Implantación, puesta en marcha y mantenimiento de los sistemas de información
corporativos dentro de las áreas de la provincia.
- Definición, implantación y mantenimiento de las políticas de seguridad del
Servicio Andaluz de Salud en la provincia, especialmente en los aspectos orientados al
cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. El análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas
para su gestión eficiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308328

La presentación de las solicitudes de participación se realizará utilizando la Ventanilla
Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse a través de «la Ventanilla Electrónica
de Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/» en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/»
cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de
solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en
su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme dispone
el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección
electrónica habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio
de notificaciones del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta
de Andalucía para la práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado
a tal efecto «Notificaciones de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de
la persona aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento de
los datos personales y del correo asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección
electrónica habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico
y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado,
informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica
habilitada. El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará
el único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de
este como la falta de comunicación de cualquier cambio.