Disposiciones generales. . (2024/192-5)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para personas trabajadoras autónomas, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51381/22
(Página 15 de 17 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
De conformidad con el artículo 55 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se exceptúa del
requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que
el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de
presentación.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
Las puntuaciones para cada uno de los apartados y subapartados que figuran a continuación se expresarán con tres decimales. No
podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las que hayan presentado solicitudes que no alcancen en la valoración de los
aspectos técnicos (criterios 1 y 2 de este apartado), una baremación mínima de 100 puntos.
La valoración de las solicitudes se realizará teniendo en cuenta el contenido de la documentación de las acciones de asistencia
técnica e información presentada por la entidad. Los criterios para la valoración de las solicitudes serán los siguientes, con una
puntuación máxima de 210 puntos:
1. Planteamiento general y diseño de las acciones de asistencia técnica e información. Hasta 100 puntos, con las siguientes
especificaciones:
1.a) Alcance de las acciones de información directamente relacionadas con aquellas áreas de actuación y/o sectores o ramas de
actividad contempladas como prioritarias en los respectivos Planes de Actuación que se deriven de la EASST, de los
instrumentos de planificación de la Junta de Andalucía, en materia de seguridad y salud en el trabajo, vigentes en cada
momento, así como de los datos que arrojen las encuestas de condiciones de trabajo y de gestión preventiva que elabora el
IAPRL, y/o en función de los datos se siniestralidad laboral. Hasta 30 puntos con el siguiente desglose:
1.a).1. Número de acciones de información a realizar sobre las áreas de actuación definidas en la convocatoria, en formato
físico de difusión gratuita y de acceso libre. Se asignarán 15 puntos a la solicitud con mayor número de acciones,
aplicando a las demás solicitudes una puntuación proporcional al número de acciones que incluyan. Se aplicará la
siguiente fórmula para la obtención de la puntuación P(n) de cada solicitud (n) admitida: P(n) = 15 x Ac(n)/Máx.Ac, siendo
P(n) la puntuación obtenida por la solicitud "n", Ac(n) el nº de Acciones de Información incluido en la solicitud "n", y
Máx.Ac el nº máximo de Acciones de Información entre todas las solicitudes admitidas.
1.a.2). Número de acciones de información a realizar sobre las áreas de actuación definidas en la convocatoria, en formato
online de acceso libre y totalmente gratuito. Se asignarán 15 puntos a la solicitud con mayor número de acciones,
aplicando a las demás solicitudes una puntuación proporcional al número de acciones que incluyan. Se aplicará la
siguiente fórmula para la obtención de la puntuación P(n) de cada solicitud (n) admitida: P(n) = 15 x Ac(n)/Máx.Ac, siendo
P(n) la puntuación obtenida por la solicitud "n", Ac(n) el nº de Acciones de Información incluido en la solicitud "n", y
Máx.Ac el nº máximo de Acciones de Información entre todas las solicitudes admitidas.
1.b) Coherencia de la planificación de las acciones de asistencia técnica e información con los objetivos y resultados esperados.
Hasta 25 puntos con el siguiente desglose:
1.b).1. Planificación de las acciones de asistencia técnica e información. Hasta 15 puntos. Puntuación autobaremada entidad
solicitante:
puntos.
1.b).2. Calidad de la presentación de la memoria de las acciones de asistencia técnica e información a desarrollar: estructura,
orden, claridad. Hasta 10 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.c) Forma y medios de ejecución de las acciones de asistencia técnica. Hasta 25 puntos con el siguiente desglose:
1.c).1. Realización de las asistencias técnicas de forma presencial en la sede de la entidad o cualquiera otra destinada
específicamente a esta finalidad y definida en el proyecto que cuente con instalaciones adecuadas para ello. Hasta 10
puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.c).2. Puesta a disposición de las personas a quienes va destinada la asistencia técnica e información, de medios materiales de
apoyo. Hasta 10 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.c).3. Realización de las asistencias técnicas de forma telemática. Hasta 5 puntos. Puntuación autobaremada entidad
solicitante:
puntos.
1.d) Metodología para el seguimiento, evaluación y desarrollo del proyecto. Hasta 10 puntos con el siguiente desglose:
1.d).1. Metodología y sistemática propuesta para el seguimiento de la ejecución de las soluciones propuestas en las asistencias
técnicas. Hasta 5 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.d).2. Metodología propuesta para la medición del impacto de las acciones de información en el fomento de la PRL y la cultura
preventiva. Hasta 5 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.e) Integración de la perspectiva de género en el planteamiento general y diseño de las acciones de asistencia técnica e información. Hasta 7 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
2. Capacidad de gestión de la entidad solicitante y del equipo técnico. Hasta 93 puntos, con las siguientes especificaciones:
2.a) Perfiles y experiencia de las personas del equipo vinculado al proyecto. Hasta 60 puntos con el siguiente desglose:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00308330
003583/1
1.f) Cuando el planteamiento general y diseño de las acciones de asistencia técnica e información propuestas incluyan la perspectiva
de discapacidad. Hasta 3 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51381/22
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ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
De conformidad con el artículo 55 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se exceptúa del
requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que
el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de
presentación.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
Las puntuaciones para cada uno de los apartados y subapartados que figuran a continuación se expresarán con tres decimales. No
podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las que hayan presentado solicitudes que no alcancen en la valoración de los
aspectos técnicos (criterios 1 y 2 de este apartado), una baremación mínima de 100 puntos.
La valoración de las solicitudes se realizará teniendo en cuenta el contenido de la documentación de las acciones de asistencia
técnica e información presentada por la entidad. Los criterios para la valoración de las solicitudes serán los siguientes, con una
puntuación máxima de 210 puntos:
1. Planteamiento general y diseño de las acciones de asistencia técnica e información. Hasta 100 puntos, con las siguientes
especificaciones:
1.a) Alcance de las acciones de información directamente relacionadas con aquellas áreas de actuación y/o sectores o ramas de
actividad contempladas como prioritarias en los respectivos Planes de Actuación que se deriven de la EASST, de los
instrumentos de planificación de la Junta de Andalucía, en materia de seguridad y salud en el trabajo, vigentes en cada
momento, así como de los datos que arrojen las encuestas de condiciones de trabajo y de gestión preventiva que elabora el
IAPRL, y/o en función de los datos se siniestralidad laboral. Hasta 30 puntos con el siguiente desglose:
1.a).1. Número de acciones de información a realizar sobre las áreas de actuación definidas en la convocatoria, en formato
físico de difusión gratuita y de acceso libre. Se asignarán 15 puntos a la solicitud con mayor número de acciones,
aplicando a las demás solicitudes una puntuación proporcional al número de acciones que incluyan. Se aplicará la
siguiente fórmula para la obtención de la puntuación P(n) de cada solicitud (n) admitida: P(n) = 15 x Ac(n)/Máx.Ac, siendo
P(n) la puntuación obtenida por la solicitud "n", Ac(n) el nº de Acciones de Información incluido en la solicitud "n", y
Máx.Ac el nº máximo de Acciones de Información entre todas las solicitudes admitidas.
1.a.2). Número de acciones de información a realizar sobre las áreas de actuación definidas en la convocatoria, en formato
online de acceso libre y totalmente gratuito. Se asignarán 15 puntos a la solicitud con mayor número de acciones,
aplicando a las demás solicitudes una puntuación proporcional al número de acciones que incluyan. Se aplicará la
siguiente fórmula para la obtención de la puntuación P(n) de cada solicitud (n) admitida: P(n) = 15 x Ac(n)/Máx.Ac, siendo
P(n) la puntuación obtenida por la solicitud "n", Ac(n) el nº de Acciones de Información incluido en la solicitud "n", y
Máx.Ac el nº máximo de Acciones de Información entre todas las solicitudes admitidas.
1.b) Coherencia de la planificación de las acciones de asistencia técnica e información con los objetivos y resultados esperados.
Hasta 25 puntos con el siguiente desglose:
1.b).1. Planificación de las acciones de asistencia técnica e información. Hasta 15 puntos. Puntuación autobaremada entidad
solicitante:
puntos.
1.b).2. Calidad de la presentación de la memoria de las acciones de asistencia técnica e información a desarrollar: estructura,
orden, claridad. Hasta 10 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.c) Forma y medios de ejecución de las acciones de asistencia técnica. Hasta 25 puntos con el siguiente desglose:
1.c).1. Realización de las asistencias técnicas de forma presencial en la sede de la entidad o cualquiera otra destinada
específicamente a esta finalidad y definida en el proyecto que cuente con instalaciones adecuadas para ello. Hasta 10
puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.c).2. Puesta a disposición de las personas a quienes va destinada la asistencia técnica e información, de medios materiales de
apoyo. Hasta 10 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.c).3. Realización de las asistencias técnicas de forma telemática. Hasta 5 puntos. Puntuación autobaremada entidad
solicitante:
puntos.
1.d) Metodología para el seguimiento, evaluación y desarrollo del proyecto. Hasta 10 puntos con el siguiente desglose:
1.d).1. Metodología y sistemática propuesta para el seguimiento de la ejecución de las soluciones propuestas en las asistencias
técnicas. Hasta 5 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.d).2. Metodología propuesta para la medición del impacto de las acciones de información en el fomento de la PRL y la cultura
preventiva. Hasta 5 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
1.e) Integración de la perspectiva de género en el planteamiento general y diseño de las acciones de asistencia técnica e información. Hasta 7 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
2. Capacidad de gestión de la entidad solicitante y del equipo técnico. Hasta 93 puntos, con las siguientes especificaciones:
2.a) Perfiles y experiencia de las personas del equipo vinculado al proyecto. Hasta 60 puntos con el siguiente desglose:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00308330
003583/1
1.f) Cuando el planteamiento general y diseño de las acciones de asistencia técnica e información propuestas incluyan la perspectiva
de discapacidad. Hasta 3 puntos. Puntuación autobaremada entidad solicitante:
puntos.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja