Disposiciones generales. . (2024/192-5)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para personas trabajadoras autónomas, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024

página 51381/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 25 de septiembre de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención
de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las
subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de
prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para personas
trabajadoras autónomas, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia
técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura
preventiva.

A la vista de lo anterior, y en uso de las competencias conferidas por el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con lo establecido en
el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías
y el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y la disposición adicional primera de la Orden de
14 de febrero de 2022,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308330

Mediante Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 14 de
febrero de 2022, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de formación, asistencia técnica
e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva. Esta
disposición se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 34, de 18 de
febrero de 2022, e incluye tres cuadros resumen, el tercero de los cuales regula las
particularidades, especificaciones y concreciones que presentan las bases reguladoras
de la línea de subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en
materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para
personas trabajadoras autónomas. Línea 10.3 del Plan Estratégico de Subvenciones
de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para el período 2023-2025,
aprobado mediante Orden de la citada Consejería, de 1 de agosto de 2023.
Conforme al apartado 13 del cuadro resumen de la Orden de 14 de febrero de 2022,
el órgano gestor de estas subvenciones es la Dirección-Gerencia del Instituto Andaluz de
Prevención de Riesgos Laborales.
En el marco de la referida Orden de 14 de febrero de 2022, se determinan los
proyectos concretos a los que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico
para su regulación.
En el punto 1 de la disposición adicional primera de la citada Orden de 14 de febrero
de 2022, se delega en la persona titular de la Dirección-Gerencia del Instituto Andaluz
de Prevención de Riesgos Laborales, la competencia para efectuar la convocatoria
pública de las subvenciones reguladas en la misma, mediante resolución, en la que se
establecerá el plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones y se aprobarán
los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones.
Según lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición adicional segunda de la misma
Orden de 14 de febrero de 2022, para cada convocatoria se establecerá la cuantía
máxima de créditos que corresponda a cada línea de subvención y ejercicio según las
disponibilidades presupuestarias existentes.