Disposiciones generales. . (2024/191-2)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se convoca la XXXIII edición del concurso para el fomento de la investigación e innovación educativa en sus dos modalidades, premio «Joaquín Guichot», de temática andaluza, y premio «Antonio Domínguez Ortiz», de temática general, en centros públicos de titularidad de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía, correspondiente al curso 2022-2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51235/2
Segundo. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio y se
tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.
2. El ámbito territorial será la Comunidad Autónoma de Andalucía y el ámbito funcional
la Consejería competente en materia de educación.
Tercero. Requisitos de las personas solicitantes.
Podrá solicitar la participación en la presente convocatoria, de forma individual o en
equipo, el profesorado de los niveles no universitarios que a fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes se encuentre prestando servicios en centros públicos cuya
titularidad corresponda a la Consejería competente en materia de educación de la Junta
de Andalucía.
Cuarto. Requisitos de las personas beneficiarias.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de los premios regulados en
la presente convocatoria aquellas personas en quienes concurra alguna de las
circunstancias señaladas en el artículo 4 de la Orden de 5 de septiembre de 2011.
Quinto. Dotación económica.
La cuantía global de estos premios asciende para esta convocatoria a un total de
21.000 euros que se imputarán al Servicio 01, artículo 48, del programa 54C de la partida
presupuestaria correspondiente al ejercicio 2024 de la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa.
Séptimo. Características de los trabajos.
1. Los trabajos que se presenten deberán ir destinados al desarrollo y apoyo del
currículo en alguno de sus ámbitos, curricular, organizativo o funcional, de cualquier
etapa del actual sistema educativo andaluz, y podrán ser investigaciones educativas,
experiencias de buenas prácticas docentes, experiencias educativas de éxito o materiales
de carácter innovador.
Los trabajos que se presenten en esta edición abordarán, preferentemente, temáticas
que incidan en aspectos que favorezcan el éxito educativo, tales como: el desarrollo de
la competencia digital (centro, alumnado, profesorado y familia); el diseño de nuevos
espacios educativos; la robótica, el pensamiento computacional y la inteligencia artificial;
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308184
Sexto. Formas y modalidades de participación.
1. Las formas de participación previstas para el concurso son individual y en equipo.
En el caso de participación en equipo, cada uno de los miembros tendrá igualmente la
condición de participante, debiendo cada uno de ellos aportar la declaración responsable,
así como, en caso de resultar beneficiario, cumplir los requisitos establecidos en el
artículo 4.1 de la Orden de 5 de septiembre de 2011. En cualquier caso, deberá nombrarse
una persona representante del equipo, con poderes bastantes para cumplir con las
obligaciones que, como beneficiario, corresponden al mismo.
2. El concurso para el fomento de la investigación e innovación educativa comprende
las siguientes modalidades de participación:
a) Premio «Joaquín Guichot», destinado a investigaciones educativas así como a
experiencias y materiales educativos de carácter innovador sobre Andalucía y su cultura.
b) Premio «Antonio Domínguez Ortiz», destinado a investigaciones educativas así
como a experiencias y materiales educativos, sobre cualquier tema educativo, dirigidos a
la innovación y mejora de la práctica educativa.
3. Cada participante, individual o en equipo, podrá concursar en cualquiera de las dos
modalidades del apartado anterior, si bien cada trabajo presentado solo podrá optar a
una de ellas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51235/2
Segundo. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio y se
tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.
2. El ámbito territorial será la Comunidad Autónoma de Andalucía y el ámbito funcional
la Consejería competente en materia de educación.
Tercero. Requisitos de las personas solicitantes.
Podrá solicitar la participación en la presente convocatoria, de forma individual o en
equipo, el profesorado de los niveles no universitarios que a fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes se encuentre prestando servicios en centros públicos cuya
titularidad corresponda a la Consejería competente en materia de educación de la Junta
de Andalucía.
Cuarto. Requisitos de las personas beneficiarias.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de los premios regulados en
la presente convocatoria aquellas personas en quienes concurra alguna de las
circunstancias señaladas en el artículo 4 de la Orden de 5 de septiembre de 2011.
Quinto. Dotación económica.
La cuantía global de estos premios asciende para esta convocatoria a un total de
21.000 euros que se imputarán al Servicio 01, artículo 48, del programa 54C de la partida
presupuestaria correspondiente al ejercicio 2024 de la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa.
Séptimo. Características de los trabajos.
1. Los trabajos que se presenten deberán ir destinados al desarrollo y apoyo del
currículo en alguno de sus ámbitos, curricular, organizativo o funcional, de cualquier
etapa del actual sistema educativo andaluz, y podrán ser investigaciones educativas,
experiencias de buenas prácticas docentes, experiencias educativas de éxito o materiales
de carácter innovador.
Los trabajos que se presenten en esta edición abordarán, preferentemente, temáticas
que incidan en aspectos que favorezcan el éxito educativo, tales como: el desarrollo de
la competencia digital (centro, alumnado, profesorado y familia); el diseño de nuevos
espacios educativos; la robótica, el pensamiento computacional y la inteligencia artificial;
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308184
Sexto. Formas y modalidades de participación.
1. Las formas de participación previstas para el concurso son individual y en equipo.
En el caso de participación en equipo, cada uno de los miembros tendrá igualmente la
condición de participante, debiendo cada uno de ellos aportar la declaración responsable,
así como, en caso de resultar beneficiario, cumplir los requisitos establecidos en el
artículo 4.1 de la Orden de 5 de septiembre de 2011. En cualquier caso, deberá nombrarse
una persona representante del equipo, con poderes bastantes para cumplir con las
obligaciones que, como beneficiario, corresponden al mismo.
2. El concurso para el fomento de la investigación e innovación educativa comprende
las siguientes modalidades de participación:
a) Premio «Joaquín Guichot», destinado a investigaciones educativas así como a
experiencias y materiales educativos de carácter innovador sobre Andalucía y su cultura.
b) Premio «Antonio Domínguez Ortiz», destinado a investigaciones educativas así
como a experiencias y materiales educativos, sobre cualquier tema educativo, dirigidos a
la innovación y mejora de la práctica educativa.
3. Cada participante, individual o en equipo, podrá concursar en cualquiera de las dos
modalidades del apartado anterior, si bien cada trabajo presentado solo podrá optar a
una de ellas.