Autoridades y personal. . (2024/191-31)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para ingreso en la categoría de Titulado/a Superior en el marco del tercer y último proceso de estabilización de empleo temporal.
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Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024

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- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, que deberán aportar resolución
administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
- Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero, y Ley
13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la
Violencia de Género, que deberán aportar la resolución judicial otorgando la orden de
protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la
víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de
los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada ley orgánica.
Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio
Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la
violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial
equivalente.
- Las familias numerosas: el 100% de exención a las de categoría especial y el 50% a
las de categoría general. Deberán adjuntar el título vigente acreditativo de tal condición,
expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante
el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», acreditado por el correspondiente certificado
emitido por el Servicio de Empleo correspondiente.
Procederá la devolución de los derechos de participación, previa solicitud de la
persona interesada, en los supuestos de exclusión por causas no imputables a la misma
o cuando se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La
devolución se efectuará una vez culminado el proceso selectivo.
3.4. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la
Universidad de Huelva (C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071 Huelva),
en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), a través del Registro Telemático
(https://sede.uhu.es/) o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y se dirigirán a la Sra.
Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva. Las solicitudes que se presenten a través
de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el
personal funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.5. En el plazo indicado en el apartado anterior se acompañarán a la solicitud los
siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los nacionales de otros Estados
deberán presentar fotocopia del Pasaporte y/o del Número de Identidad Extranjero en los
que se acredite su nacionalidad, y en su caso, de la documentación que fuera precisa
a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos
establecidos en la base segunda, apartado 1, de la presente convocatoria.
b) Fotocopia del título académico exigido para el ingreso u otro documento oficial
acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.
c) Acreditación de nivel de idioma exigido en la lengua/s de la/s plaza/s a la/s que se opta.
d) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de participación o
certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas.
e) Copia de la documentación acreditativa de los méritos que se quieran hacer valer.
3.6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de las mismas, en su caso, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los 10 días
hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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