Autoridades y personal. . (2024/191-29)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes especialidades y opciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51272/2
2. En aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7
de junio, de la Función Pública de Andalucía, este proceso incluye, además de las plazas
establecidas en el apartado 1, un 20% de plazas adicionales de la especialidad y opción del
Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración General de la Junta de Andalucía, con
la siguiente distribución:
TURNO CUPO DISCAPACIDAD 20%
GENERAL
ENFERMEDAD
GENERAL
20%
MENTAL
C1.2003 AYUDANTES TÉCNICOS, OPCIÓN INFORMÁTICA
7
1
-
C1.2100 AYUDANTES TÉCNICOS, ESPECIALIDAD AGENTES DE MEDIO AMBIENTE
12
1
-
Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir posibles futuras vacantes a cargo de
las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha de la
finalización del proceso selectivo.
La adjudicación de estas plazas adicionales, en el caso de que se produzcan
las vacantes, no podrá efectuarse antes de que se determine la tasa de reposición
correspondiente al año en que se produzca la vacante, con el fin de garantizar que no
se supere la tasa de reposición en su caso establecida y se reduzca la temporalidad, sin
perjuicio de lo establecido en la normativa básica.
3. Del total de plazas convocadas se reservarán, para ser cubiertas por personas
cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%, las que se indican en la columna
«Cupo discapacidad» de los cuadros incluidos en los apartados anteriores.
En el caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de personas
con discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las
plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno
general en las respectivas convocatorias de acceso libre en las que se produzca dicha
circunstancia.
4. A los procesos selectivos les resultará de aplicación la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía, modificada por el Decreto-ley 10/2023, de 13 de
diciembre, por el que se modifican el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el que
se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se establecen
medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan, con carácter temporal,
medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la Administración
General de la Junta de Andalucía, y la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública
de Andalucía; el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas
de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los
ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad
económica en Andalucía; el Decreto-ley 5/2024, de 21 de mayo, por el que se da
cumplimiento a los Acuerdos de 30 de diciembre de 2022 y de 13 de febrero de 2024,
de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias
de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma, y se modifican otras disposiciones normativas; el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la
Igualdad de Género en Andalucía; el I Plan de Igualdad de la Administración General
de la Junta de Andalucía 2023-2027, aprobado el 6 de julio de 2023 en el seno de su
Comisión Negociadora, en la que participan de forma paritaria la representación de la
Administración y del personal empleado público que presta sus servicios en este ámbito;
la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308221
CUERPO Y ESPECIALIDAD U OPCIÓN
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51272/2
2. En aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7
de junio, de la Función Pública de Andalucía, este proceso incluye, además de las plazas
establecidas en el apartado 1, un 20% de plazas adicionales de la especialidad y opción del
Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración General de la Junta de Andalucía, con
la siguiente distribución:
TURNO CUPO DISCAPACIDAD 20%
GENERAL
ENFERMEDAD
GENERAL
20%
MENTAL
C1.2003 AYUDANTES TÉCNICOS, OPCIÓN INFORMÁTICA
7
1
-
C1.2100 AYUDANTES TÉCNICOS, ESPECIALIDAD AGENTES DE MEDIO AMBIENTE
12
1
-
Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir posibles futuras vacantes a cargo de
las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha de la
finalización del proceso selectivo.
La adjudicación de estas plazas adicionales, en el caso de que se produzcan
las vacantes, no podrá efectuarse antes de que se determine la tasa de reposición
correspondiente al año en que se produzca la vacante, con el fin de garantizar que no
se supere la tasa de reposición en su caso establecida y se reduzca la temporalidad, sin
perjuicio de lo establecido en la normativa básica.
3. Del total de plazas convocadas se reservarán, para ser cubiertas por personas
cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%, las que se indican en la columna
«Cupo discapacidad» de los cuadros incluidos en los apartados anteriores.
En el caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de personas
con discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las
plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno
general en las respectivas convocatorias de acceso libre en las que se produzca dicha
circunstancia.
4. A los procesos selectivos les resultará de aplicación la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía, modificada por el Decreto-ley 10/2023, de 13 de
diciembre, por el que se modifican el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el que
se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se establecen
medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan, con carácter temporal,
medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la Administración
General de la Junta de Andalucía, y la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública
de Andalucía; el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas
de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los
ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad
económica en Andalucía; el Decreto-ley 5/2024, de 21 de mayo, por el que se da
cumplimiento a los Acuerdos de 30 de diciembre de 2022 y de 13 de febrero de 2024,
de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias
de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma, y se modifican otras disposiciones normativas; el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la
Igualdad de Género en Andalucía; el I Plan de Igualdad de la Administración General
de la Junta de Andalucía 2023-2027, aprobado el 6 de julio de 2023 en el seno de su
Comisión Negociadora, en la que participan de forma paritaria la representación de la
Administración y del personal empleado público que presta sus servicios en este ámbito;
la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308221
CUERPO Y ESPECIALIDAD U OPCIÓN